Plazo de publicación posterior a la firma excede el reglamentario
· hace 1 año
El acta ordena publicar la documentación en un máximo de tres días hábiles desde la firma del contrato. Para procedimientos de excepción por selección directa, el artículo 161.5 fija un máximo de dos días hábiles y exige que la publicación ocurra antes de la ejecución; el plazo dispuesto puede retrasar la publicidad y el control del expediente.
“TERCERO: DISPONER que, la documentación generada en el marco del presente procedimiento sea incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados a partir de la firma de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
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