El Comité de Compras y Contrataciones del INTRANT declaró desierto el proceso INTRANT-CCC-CP-2024-0014 mediante la Resolución núm. INTRANT-006-2025, de fecha 2025-01-23. El acta indica que Lora, Guerrero & Asociados, S.R.L. presentó una garantía de seriedad insuficiente y que Serd-Net, S.R.L. excedió en más de 10 % el umbral aplicable; también registra que ambas habían sido habilitadas técnicamente para abrir sus ofertas económicas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta indica que Serd-Net excedió en más de 10 % el umbral, pero el portal registra una oferta menor de Lora, Guerrero & Asociados, de RD$4,321,000; el umbral máximo de comparación de precios para bienes en 2024 era RD$5,362,627.33. La garantía insuficiente de Lora puede explicar que su oferta no se considerara conforme, pero conviene verificar cómo se aplicó la causal del artículo 136, que se refiere a que la menor oferta económica supere ese máximo en más de 10 %.
“El Oferente Serd-Net, S.R.L.: su oferta presentada sobrepasó el diez por ciento (10%) del umbral establecido para esta Comparación de Precios; y el Oferente Lora, Guerrero & Asociados, S.R.L., Constituyo una garantía de seriedad de la ofert”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
La tabla incorporada como informe preliminar identifica una licitación para adquirir combustible, con un número de expediente distinto al de esta adquisición de planta eléctrica. Aunque podría tratarse de un arrastre documental, conviene verificar que la evaluación y sus conclusiones correspondan a las ofertas de este proceso.
“Resultado Preliminar consolidado evaluación Ofertas Técnicas proceso Comparación de Precios “Adquisición de Combustible (Gasolina Y Gasoil) a Nivel Nacional para ser utilizados en el INTRANT” INTRANT-CCC-LPN-2024-0001.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 124 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Oferentes que registra (3)
2 no habilitado · 1 descalificado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
SERD - NET, S.R.L.Habilitado técnicamente, pero el acta indica que su oferta económica sobrepasó en más de 10 % el umbral de la comparación de precios.
No habilitado
—
RD$6,136,000
LORA GUERRERO & ASOCIADOS, S.R.L.Habilitada técnicamente, pero el acta indica que su garantía de seriedad de la oferta fue insuficiente y no cubrió el 1 % requerido.
No habilitado
—
RD$4,321,000
ELECTROM, S.A.S.El acta indica que los documentos técnicos cargados en el SECP correspondían a una empresa distinta de la participante.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona