El Acta núm. 0007-25, de fecha 2025-05-21, adjudica el procedimiento INEFI-CCC-CP-2025-0007 a Experiencia y Servicios Expeyser, S.R.L., por RD$2,222,766.00, y a Batu Wear, S.R.L., por RD$2,811,940.00, para un total de RD$5,034,706.00 con ITBIS. La distribución comprende los ítems 1, 2, 3, 6 y 7 para Expeyser, y los ítems 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 para Batu Wear. El acta presenta discrepancias en la descripción de los ítems 2 y 8 y consigna 430 unidades para el ítem 10, aunque en la agenda figuran 310.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La agenda registra 310 unidades para el ítem 10, mientras que la tabla de adjudicación registra 430 a RD$1,003 por unidad con ITBIS. La diferencia equivale a 120 unidades y RD$120,360; conviene verificar si hubo una modificación formal de la cantidad y si se reflejó en las condiciones ofrecidas a todos los participantes.
“10 | TSHIRT BLANCO SUBLIMADO FULL PARA STAFF TECNICO DE LAS COMPETENCIAS | 310 … 10 | TSHIRTS BLANCO SUBLIMADO (FULL PARA STAFF TECNICO DE LAS COMPETENCIAS) | 430 | RD$850.00 | RD$153.00 | RD$1,003.00 | RD$431,290.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
En la agenda, el ítem 2 corresponde a uniformes azules de atletismo y el ítem 8 a uniformes azul oscuro de atletismo escolar; en las tablas adjudicadas, el ítem 2 aparece descrito como atletismo escolar y el ítem 8 como atletismo. La discrepancia deja incierta la especificación descriptiva asociada a los ítems adjudicados y amerita contrastarla con el pliego y las ofertas.
“2 | TSHIRTS Y SHORTS COLOR AZUL EN TELA DRY FIT PREMIUN SUBLIMADO (UNIFORMES DE ATLETISMO) | 360 … 8 | TSHIRTS Y SHORTS COLOR AZUL OSCURO EN TELA DRY FIT PREMIUN SUBLIMADO (ATLETISMO ESCOLAR) | 240 … 2 | TSHIRTS Y SHORTS COLOR AZUL OSCURO”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.