El acta de 13 de mayo de 2025 acoge por unanimidad la recomendación pericial y adjudica a All Media, SRL, por RD$27,000,000.00, impuestos incluidos, frente a un presupuesto base de RD$30,000,000.00. También acoge la descalificación de Switch Media Technology Switch MT, SRL, cuya oferta económica fue de RD$26,976,333.15, y registra a Publi-Mega en segundo lugar y a Publicitaria Inter América en tercero.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$27,000,000.00 a All Media, pero el portal registra para esa empresa un contrato de RD$27,000,000,001, marcado como cancelado el 2025-05-19. La diferencia requiere conciliarse con el expediente; el estado cancelado y la fecha posterior podrían corresponder a un registro posterior o a un dato del portal que no refleja la adjudicación del acta.
“SEGUNDO: ADJUDICAR por unanimidad, al oferente ALL MEDIA, SRL., por un monto de VEINTISIETE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$27,000,000.00), incluyendo impuestos, el proceso de Licitación Pública Nacional núm. MEM-CCC-LPN-2025-0”
La oferta de Switch fue RD$26,976,333.15, RD$23,666.85 menos que la adjudicación a All Media. El acta justifica la descalificación porque Switch detalló medios concretos, mientras acepta la distribución por categorías de Publicitaria; conviene verificar que esa distinción y su efecto estuvieran definidos con claridad en los criterios publicados.
“Es por esto que, la propuesta económica del Oferente SWITCH MEDIA TECHNOLOGY SWITCH MT, SRL., debe ser desestimada debido a que la presentada está sujeta a los medios listados en ella y no a las directrices que la Dirección de Comunicacione”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (4)
2 habilitado · 1 descalificado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Switch Media Technology Switch MT, SRLEl acta acoge la recomendación de descalificar su oferta por considerar que estaba sujeta a los medios listados por el oferente y no a las directrices de selección de la Dirección de Comunicaciones.
Descalificado
—
RD$26,976,333
Publi-Mega, SRLSu oferta económica fue evaluada y quedó en segundo lugar.
Habilitado
—
RD$29,700,000
All Media, SRLAdjudicada por unanimidad; el acta la identifica como la oferta de menor cuantía entre las habilitadas.
Adjudicado
—
RD$27,000,000
Publicitaria Inter América, SRLEl acta consideró válida su oferta económica para evaluación y posible adjudicación; quedó en tercer lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…