El Acta No. 016-2025, de fecha 2025-05-13, adjudica la licitación UTEPDA-CCC-LPN-2025-0001 a ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A. por RD$25,000,000.00, impuestos incluidos. El comité afirma que la oferta cumple los requisitos, aunque consigna que la garantía de seriedad vencía el 2025-05-23, mientras que el pliego fijaba vigencia hasta el 2025-06-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que la garantía vencía el 23 de mayo de 2025, aunque el pliego exigía vigencia hasta el 23 de junio de 2025. Aun así, la califica como suficiente y adjudica a ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A.; la diferencia afecta un control de mantenimiento de la oferta y merece verificar si hubo corrección o sustitución de la garantía.
“una vigencia desde el 06.05.2025 al 23.05.2025, la cual cubre la totalidad del 1% exigido en este proceso, por lo cual es suficiente y cumple tanto el monto como en la vigencia requerida en este proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El acta describe la apertura y evaluación de la oferta económica de un único oferente habilitado y adjudica el proceso a ese oferente. La participación efectiva de una sola oferta habilitada limita la competencia observada en la decisión; el portal registra otras ofertas, pero esta acta no establece su resultado.
“Que la apertura de Sobre B, contencioso de la Oferta Económica del oferente habilitado se realizó el día 12.05.2025 en presencia de Abogado Notario de los del Número del Distrito Nacional, registrada en el acto auténtico número 08-2025.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona