El pliego establece las bases de la licitación pública nacional EDEESTE-CCC-LPN-2025-0010 para comprar equipos TI, con un presupuesto referencial de RD$19,095,440.00 y recepción de ofertas prevista para el 25 de junio de 2025. Define adjudicación por ítem al menor precio entre ofertas que cumplan los requisitos técnicos, financieros y legales, e incluye condiciones de entrega, garantías y pago.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Además de presentar estados financieros o una línea de crédito, el pliego fija ingresos anuales mínimos de RD$5,000,000, patrimonio neto mínimo de RD$1,000,000 y umbrales para tres indicadores financieros. En relación con el presupuesto referencial de RD$19,095,440, conviene verificar que el conjunto de exigencias sea proporcional al objeto y a la capacidad necesaria para cumplir el contrato.
“Ingresos por ventas anuales iguales o mayores a Cinco Millones de Pesos Dominicanos (RD$5,000,000.00) al cierre de los Estados Financieros auditados más recientes, no anterior al año 2022.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Para el equipo todo en uno, el pliego exige chip M3 y macOS, sin indicar una alternativa equivalente. La restricción puede reducir la competencia a oferentes que comercialicen equipos de ese ecosistema; corresponde verificar su justificación técnica en los estudios previos.
“Chip M3 (CPU de 8 núcleos con 4 nucieos de rendimiento) … Macos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El pliego dispone que cualquier reclamación o impugnación posterior relacionada con su contenido será desestimada sin consideración adicional. Esa formulación puede restringir en términos generales el ejercicio de recursos, cuyo plazo y procedencia se rigen por la ley; conviene verificar cómo se aplicó frente a eventuales recursos concretos.
“El hecho de presentar sus Ofertas para participar en el presente proceso es una manifestación clara y fehaciente de que los Oferentes han aceptado los términos y condiciones particulares de este proceso, por lo que cualquier reclamación o i”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 67 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 67
ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona