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Abriendo la ficha…

Pliego · Acta 2025-0011

Acta 2025-0014.pdf

CL- Adquisición del Servicio de Alimentos y Administración de Cafetería Institucional · Centro de Exportación e Inversión de la Republica Dominicana

Publicado el 1 may de 2025Fechado el 27 abr de 20258 páginasEn el mensaje «Acta que Modifica Especificaciones Técnicas PROCESO NO. CEIRD-CCC-LPN-2025-0001»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CEIRD-CCC-LPN-2025-0001

Lo que dice

El Acta núm. 2025-0011, de fecha 2025-04-28, aprueba una enmienda a las especificaciones técnicas de la licitación CEIRD-CCC-LPN-2025-0001. Entre los cambios, establece que el servicio de 12 meses comienza al registrarse el contrato en la Contraloría, fija al menos un día hábil para subsanar y modifica la evaluación de las visitas técnicas y de las ofertas económicas. El acta también incorpora un criterio para revisar ofertas cuyo precio sea más de 15 % inferior al valor de referencia.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$13.5 millones

Presupuesto del acta distinto del monto estimado del portal

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

El acta fija el presupuesto disponible en RD$13,520,000, mientras que el portal registra un monto estimado de RD$21,520,000: una diferencia de RD$8,000,000. La cifra del acta aporta un dato concreto que conviene conciliar, pues el presupuesto de referencia incide en la evaluación económica y en la suficiencia presupuestaria.

“El presupuesto total disponible para esta contratación de servicios de suministro de alimentos para los colaboradores, v la administración del área de cafetería de "ProDominicana", asciende a Trece Millones Quinientos Veinte con Mil Pesos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria

Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios de visita y degustación pasan a cumple/no cumple

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

La enmienda convierte la evaluación de las visitas en una decisión de cumple/no cumple e incluye sabor, presentación y variedad, pero el acta no consigna parámetros verificables para esos aspectos. Conviene revisar el pliego enmendado y el formulario de evaluación, porque una valoración binaria de criterios sensoriales puede incidir directamente en la habilitación.

“Las visitas programadas a las instalaciones de los oferentes serán evaluadas bajo la metodología de CUMPLE/NO CUMPLE en cuanto a los siguientes acápites según se índica a continuación: ... ii. Sabor de los alimentos;”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Umbral de precio bajo con referencia de comparación ambigua

Documento del 1 may 2025 · hace 1 año

El acta permite considerar temeraria una oferta que quede más de 15 % por debajo del «monto del contrato o valor referencial del servicio, o del monto general». La pluralidad de referencias merece revisión para confirmar cuál será la base de cálculo publicada y aplicada uniformemente; el artículo 130 exige que el pliego precise los criterios y la diferencia porcentual frente al presupuesto base.

“Si el precio de la oferta es inferior en más de un quince por ciento (15%) en relación con el monto del contrato o valor referencia! del servicio, o del monto general, se considerará no sustentable o temerario”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Cambios que introduce (6)

SecciónAntesDespuésEfecto
Página 10, numeral 4: Presupuesto base o valor referencialCriterio para ofertas de precio bajoEl texto citado fijaba el presupuesto disponible en RD$13,520,000 y no incluía en ese apartado el umbral de precio bajo.Añade que una oferta más de 15 % inferior al monto del contrato, valor referencial o monto general podrá considerarse no sustentable o temeraria, sujeto al debido proceso del artículo 130.Endurece
Página 11, numeral 6: Tiempo de ejecución del servicioInicio del período de ejecuciónEl período de 12 meses comenzaba a partir de la suscripción del contrato.El período de 12 meses comienza cuando el contrato de ejecución de servicios haya sido registrado ante la Contraloría General de la República.Aclara
Página 11, numeral 8: Cronograma de actividadesPlazo para subsanarEl cronograma previo indicaba el plazo de subsanación; el acta no reproduce su duración exacta.Establece que el plazo para subsanar será por lo menos de un día hábil y remite al cronograma ajustado en el SECP.Relaja
Página 17, literal c: Plazo de mantenimiento de ofertaVigencia de la ofertaLa vigencia se vinculaba al tiempo indicado en la sección de disposiciones generales para el contrato.Fija la vigencia hasta la suscripción del contrato, señalada como 05 de junio de 2025, y prevé aumentar la vigencia de la garantía si hay modificación.Aclara
Página 22: Metodología por puntaje y visitas a instalacionesEvaluación de visitas, equipamiento y degustaciónLa metodología citada asignaba puntuaciones a aspectos de la propuesta técnica y contemplaba un puntaje mínimo.Las visitas a instalaciones, el equipamiento y la degustación pasan a evaluarse con metodología CUMPLE/NO CUMPLE, incluyendo presentación, sabor y variedad de los alimentos.Endurece
Página 27, numeral 11.3: Evaluación de oferta económicaCriterio de evaluación económicaEl texto previo distribuía hasta 40 puntos para la oferta económica.Dispone evaluar como cumple/no cumple el presupuesto, la garantía y el formulario de oferta, y señala que entre ofertas conformes predominará el menor precio ofertado.Aclara

Otros documentos del proceso (21)

  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 19 mar de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1) - copia.docxDocumento · 19 mar de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 19 mar de 2025
  • Código de Ética para Proveedores.pdfDocumento · 19 mar de 2025
  • FO-CEI-ProDominicana-01 Declaración de conocimiento del Código de Ética para Proveedores (modificado).pdfDocumento · 19 mar de 2025
  • SNCC_C024_Contrato_Ejecucion_de_Servicios.docxContrato · 20 mar de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 20 mar de 2025
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 20 mar de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 20 mar de 2025
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 20 mar de 2025
  • Acta Inicio CCC LPN 25 001.pdfInforme pericial · 20 mar de 2025

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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convocatoria.pdfDocumento · 25 mar de 2025
  • La información Liciatación 24 marzo 25.pdfDocumento · 25 mar de 2025
  • Publicación la infomación 25 de marzo.pdfDocumento · 25 mar de 2025
  • Pliego CondicionesSuministro Alimentos y Adm. Cafetería.pdfPliego · 25 mar de 2025 · 3 señales
  • Acto Aprob. Base Contratación Almuerzos.pdfPliego · 25 mar de 2025
  • Solicitud Suministro Alimentos y Adm Cafetería.pdfSolicitud de compra · 25 mar de 2025 · 1 señal
  • Licitación el Nuevo Diario 25 de marzo.pngDocumento · 25 mar de 2025
  • Licitación lunes 24.pngDocumento · 25 mar de 2025
  • Sol. Interna Servicio Alimentos 1.pdfPliego · 26 mar de 2025 · 3 señales
  • Acta Cancelación e Informe Pericial Licitación Almuerzos.pdfActa · 15 may de 2025 · 2 señales