miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones.LPN.2025.0004.pdf

ADQUISICIÓN DE SUTURAS (HILOS) , SOLICITADO POR EL SERVICIO NACIONAL DE SALUD (SNS). · Programa de Medicamentos Esenciales

Publicado el 30 abr de 202583 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROMESECAL-CCC-LPN-2025-0004

Lo que dice

El pliego del proceso PROMESE/CAL-CCC-LPN-2025-0004 establece las condiciones para adquirir suturas solicitadas por el SNS, con un valor referencial de RD$32,722,071.20 y entregas previstas entre octubre de 2025 y marzo de 2026. Fija evaluación técnica y económica por renglón, requisitos de participación, muestras y garantías, y un cronograma con recepción de ofertas el 17 de junio de 2025 y adjudicación prevista para el 29 de julio de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión vinculada a investigaciones no concluidas

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que no se reciban los renglones afectados si el oferente está sujeto a una investigación sustentada del Ministerio de Salud Pública o de otro organismo estatal. El texto no exige que exista una decisión firme sobre el oferente, por lo que conviene revisar cómo se aplica este criterio frente a las reglas de elegibilidad y trato igualitario.

“No serán recibidos los renglones afectados cuando el oferente se encortrare-en algún proceso de investigación por parte del Ministerio de Salud Pública o cualquier otro organismo del Estado debidamente sustentado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 14

ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…

Texto oficial completo

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Registro institucional adicional como condición para ofertar

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego exige registrarse como proveedor de PROMESE/CAL ante su Dirección Jurídica para obtener un número identificador. Conviene verificar si este trámite añade una barrera de participación distinta del Registro de Proveedores del Estado y si estaba disponible en condiciones iguales para todos los interesados.

“El Oferente interesado en participar en el presente proceso, deberá Registrarse como Proveedor de PROMESE/CAL, en la Dirección Jurídica de la institución, para fines de asignación de un número único que lo identifica como oferente en nuestr”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Garantía de fiel cumplimiento fijada en 1 % para todos los adjudicatarios

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego fija una garantía de 1 % para los contratos que excedan US$10,000 y vuelve a indicar 1 % para adjudicatarios MIPYME. El artículo 201 del Reglamento establece 4 % como regla general y 1 % para MIPYMES, por lo que el texto reduce la cobertura prevista para adjudicatarios no MIPYME.

“Los Adjudicatarios cuyos Contratos excedan el equivalente en Pesos Dominicanos de Diez Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100 (US$10.000,00), están obligados a constituir una Garantía Bancaria o Pólizas de Fianzas ... ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 201 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 201 — Monto de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 201. Monto de la garantía de fiel cumplimiento. El monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato u orden de compra será equivalente al cuatro por ciento (4 %) del monto de la adjudicación, que será a su vez el monto del contrato u orden de compra. Si posterior a la firma del contrato se genera una modificación al monto del mismo, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento de contrato en donde se garantice el nuevo monto establecido. Párrafo. Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), el monto de la garantía de fiel cumplimiento será equivalente al uno por ciento (1 %) del monto de la adjudicación. Si posterior a la firma del…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Restricción de participación por cualquier coincidencia de accionistas

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que coincidan en algún socio o accionista, sin acotar la regla a control común, vinculación con el objeto o evidencia de coordinación. Por su alcance, conviene verificar cuántos participantes potenciales quedaron sujetos a esta limitación y cómo se aplicó.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Regla de adjudicación total frente a evaluación por renglón

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

El pliego indica que las ofertas y adjudicaciones deben ser totales, pero también dispone adjudicar al menor precio por cada renglón. El acta de adjudicación resumida para este proceso registra varios adjudicatarios; conviene aclarar si “totales” significa cubrir la totalidad de cada renglón o todo el procedimiento, pues la redacción puede afectar la preparación y evaluación de ofertas.

“TANTO_LAS OFERTAS PRESENTADAS POR LOS OFERENTES, COMO LAS ADJUDICACIONES DEBERAN SER TOTALES, PARA SER SUMINISTRADAS DE ACUERDO AL PLAZO DE ENTREGA ESTABLECIDO EN EL CRONOGRAMA DE ENTREGAS DE CANTIDADES ADJUDICADAS. … Que haya presentado el”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

ContextoHallazgo en documentos

Diferenciación obligatoria por color de envases secundarios

Documento del 30 abr 2025 · hace 1 año

Se pide que los productos adjudicados en distintos renglones tengan envases secundarios de colores diferentes. Para bienes sanitarios, conviene verificar que esta condición sea compatible con los empaques aprobados y que no limite la participación de proveedores que no controlan la presentación original del fabricante.

“Todos los suplidores que resulten adjudicatarios en los diferentes renglones deben de presentar sus productos que difiera el color en los envases SECUNDARIOS para su mejor identificación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Otros documentos del proceso (44)

  • LPN-2025-04 Formulario Muestras Entregadas (clave para abrir_ 'PROMESE') v1.zipDocumento · 30 abr de 2025
  • LPN-2025-04 Formulario Relacion de Productos a Ofertar (clave para abrir_ 'PROMESE') v1.zipDocumento · 30 abr de 2025
  • COMO DESCOMPRIMIR.pdfDocumento · 30 abr de 2025
  • Ficha tecnica.pdfPliego · 30 abr de 2025 · 1 señal
  • Acta de inicio.LPN.2025.0004.pdfInforme pericial · 30 abr de 2025
  • Convocatoria.LPN.2025.0004.pdfDocumento · 30 abr de 2025
  • Publicacion periodico.30.4.2025.pdfDocumento · 30 abr de 2025
  • Solicitud de compras.LPN.0001.pdfSolicitud de compra · 30 abr de 2025 · 1 señal
  • Publicacion periodico.01.5.2025.pdfDocumento · 1 may de 2025
  • Enmienda I LPN-2025-0004 Suturas.pdfEnmienda · 4 jun de 2025 · 1 señal
  • Enmienda I LPN-2025-0004 Suturas.pdfEnmienda · 4 jun de 2025 · 3 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Solicitud de compras.LPN.2025.0004.pdfSolicitud de compra · 28 jul de 2025
  • Acta de adjudicacion LPN.2025.0004.pdfActa de adjudicación · 31 jul de 2025 · 2 señales
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta de Adjudicación LPN-2025-0004.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO FRANU LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO FRANU LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO GENERICOS DEL CARIBE LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO GENERICOS DEL CARIBE LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO OSEAANA LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO OSEAANA LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO PHARMA AG TRADING LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO PHARMA AG TRADING LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO SSP SERVISALUD LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CONTRATO SSP SERVISALUD LPN-2025-04.pdfContrato · —
  • CUOTA FRANU LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA FRANU LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA GENERICOS DEL CARIBE LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA GENERICOS DEL CARIBE LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA OSEAANA HEALTH LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA OSEAANA HEALTH LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA PHARMA AG TRADING LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA PHARMA AG TRADING LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA SSP SERVISALUD LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • CUOTA SSP SERVISALUD LPN-2025-04.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —