La Circular núm. 01, de fecha 30 de abril de 2025, responde consultas administrativas, legales y técnicas de la Licitación Pública Nacional SIE-CCC-LPN-2025-0003. Entre otras aclaraciones, mantiene la presentación de ofertas en pesos dominicanos, admite documentos extranjeros homólogos apostillados y precisa que ciertas profesiones equivalentes y alternativas de medición pueden aceptarse bajo las condiciones indicadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se flexibiliza la comprobación del título profesional específico exigido para los perfiles de los expertos 3 y 4.; Se admite una metodología indirecta en lugar de la medición directa, condicionada a la verificación de la imposibilidad y a la justificación técnica.; Se flexibiliza el uso de instrumental aportado por el auditor al permitir equipos instalados en la planta, sujeto a evaluación y justificación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El Comité indica que no puede precisar algunas características básicas de las seis centrales y remite a fuentes de acceso público para potencia y ubicación. La falta de datos específicos sobre unidades y sistemas de medición podría dificultar que los oferentes estimen y comparen de forma homogénea los recursos y costos de las pruebas; conviene verificar qué información del pliego y sus anexos completaba esos datos.
“No es posible precisar esa Información en estos momentos, sin embargo, existe información de libre acceso del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado en la cual se precisa la potencia y la ubicación geográfica de todas las centrales gener”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación de oferentes extranjerosDocumentos equivalentes y autenticación
El pliego citado por la circular exige información homóloga, traducciones al español y legalizaciones correspondientes.
Se acepta el documento equivalente del país de origen, pero se especifica que debe estar apostillado para ser válido en República Dominicana.
Aclara
Selección de la propuesta ganadoraCriterios de evaluación técnica
La consulta señala que no quedaba claro si se puntuaban la experiencia de la firma y los recursos, además de la experiencia del personal.
La circular indica que la evaluación técnica se basa en experiencia del auditor y metodología de trabajo; esta última comprende metodología, programa de trabajo y recursos.
Aclara
Documentación técnica, expertos 3 y 4Titulación profesional equivalente
El pliego citado describe perfiles profesionales específicos para los expertos 3 y 4.
La circular establece que la profesión puede ser equivalente, manteniendo la experiencia como condición imprescindible.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza la comprobación del título profesional específico exigido para los perfiles de los expertos 3 y 4.
Procedimiento de auditoría y medicionesMedición indirecta de curvas de consumo
La consulta plantea si puede calcularse el consumo mediante medición indirecta cuando no existan medidores y la medición directa sea imposible.
Se permite al auditor proponer el procedimiento, con justificación y sustento, si se solicita la información y se verifica que se da esa condición.
RelajaQuita un control: Se admite una metodología indirecta en lugar de la medición directa, condicionada a la verificación de la imposibilidad y a la justificación técnica.
Procedimiento de auditoría y medicionesUso de equipos fijos de planta
Los términos citados indican que el auditor debe proporcionar los recursos necesarios y que los equipos pueden ser propios o montados para la auditoría.
La circular confirma que pueden utilizarse equipos fijos de planta como alternativa, sujeta a evaluación y a justificación y sustento del auditor.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza el uso de instrumental aportado por el auditor al permitir equipos instalados en la planta, sujeto a evaluación y justificación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona