La Enmienda No. 01, fechada el 16 de abril de 2025, modifica el cronograma de la subasta inversa: amplía hasta el 23 de abril el plazo para presentar ofertas y traslada la puja al 12 de mayo. También incorpora el modelo de contrato, fija un plazo de siete días hábiles para retirar las muestras y establece pagos del 20% como avance y del 80% tras la recepción satisfactoria de todos los bienes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la conservación de muestras que puede servir para cotejar los bienes entregados con la muestra presentada..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda permite disponer de las muestras no retiradas tras siete días hábiles y no distingue entre las de adjudicatarios y las de los demás oferentes. El artículo 135 del Reglamento 416-23 prevé que las muestras de los artículos adjudicados queden en poder de la institución para cotejarlas con los bienes entregados, y dispone hasta 30 días calendario para retirar las de quienes no resultaron adjudicados; conviene verificar cómo se preservó ese control.
“"Las Muestras" entregadas serán devueltas a los oferentes en un plazo máximo siete (7) días hábiles, luego de notificada la adjudicación del proceso, de NO ser retirada en el plazo establecido, la institución podrá disponer de las mismas se”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 135 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 135 — Devolución de muestras
Artículo 135. Devolución de muestras. Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados quedarán en poder de la institución contratante para ser cotejadas con los bienes que entregue oportunamente el adjudicatario, sea en una entrega o en varias entregas. Cumplido el contrato, el proveedor o contratista tendrá un plazo de hasta treinta (30) días calendario, a contar desde la última conformidad de recepción para retirar las muestras en el lugar indicado por la institución. Párrafo I. Las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicados quedarán a su disposición para el retiro hasta treinta (30) días calendario después de comunicado el acto…
Cronograma de actividadesPlazos de presentación, evaluación, puja y adjudicación
Ofertas hasta el 21/04/2025; puja el 06/05/2025; adjudicación hasta el 12/05/2025.
Ofertas hasta el 23/04/2025; puja el 12/05/2025; adjudicación el 19/05/2025, con las etapas intermedias reprogramadas.
Relaja
Documentos del procesoModelo de contrato
El modelo de contrato no figuraba entre los documentos incorporados por esta disposición.
Se adiciona el archivo Modelo de contrato.
Neutral
Pliego, numeral 11.1.3, pág. 19Retiro y disposición de muestras
Se exigía entregar muestras físicas con formulario cotejado, firmado y sellado como recibido; no se establecía aquí el nuevo plazo de retiro.
Las muestras se devolverán en un máximo de siete días hábiles tras la adjudicación; si no se retiran, la institución podrá disponer de ellas.
RelajaQuita un control: Reduce la conservación de muestras que puede servir para cotejar los bienes entregados con la muestra presentada.
Pliego, numeral 11, condiciones de pago y retencionesCalendario de pagos
Anticipo de hasta 20% contra garantía; el resto se pagaría en pagos parciales a partir de los bienes contratados, con factura, y sin pagar el total antes del cumplimiento del objeto.
20% de avance luego de la firma del contrato, en un plazo de 30 días calendario; 80% tras la recepción satisfactoria de todos los bienes, a 30 días calendario del término de fase, sujeto a factura revisada y aprobada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona