La Circular núm. 02, fechada el 14 de abril de 2025 para el proceso MIMARENA-CCC-SI-2025-0004, responde consultas técnicas recibidas el 11 de abril sobre los ítems 1 a 4 de equipos informáticos. Acepta algunas configuraciones alternativas o superiores, permite que el puerto VGA sea opcional, acepta audio profesional del fabricante y aclara que equipos de 16 pulgadas cumplen el mínimo de 15 pulgadas; para otras solicitudes indica acogerse al pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular acepta puertos con «condiciones superiores» y Smart Power On «o similar», pero no precisa cómo se medirá la superioridad o similitud. Aunque la flexibilidad puede ampliar la participación, conviene verificar que la evaluación aplique una equivalencia objetiva y uniforme.
“Se aceparán equipos con dichas especificaciones de puertos, siempre y cuando sean con condiciones superiores a las especificadas en el pliego de condiciones. Se aceptarán equipos con Smart Power On o similar a dicha especificación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Oferente AFormuló consultas sobre especificaciones técnicas de los ítems 1 a 4.
Mencionado
—
—
Oferente BFormuló consultas y solicitudes de ajuste sobre especificaciones técnicas de los ítems 1 a 4.
Mencionado
—
—
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Ítem 1Puertos y función Smart Power On
El pliego establecía especificaciones de puertos y requería Smart Power On.
Se aceptan los puertos propuestos si tienen condiciones superiores a las del pliego y Smart Power On o una función similar.
Relaja
Ítem 2Puertos, Smart Power On, carga USB y puerto VGA
El pliego establecía las especificaciones originales de puertos, Smart Power On, powershare y puerto VGA.
Se aceptan puertos con condiciones superiores, Smart Power On o similar y un puerto USB que soporte carga; el VGA puede ser opcional.
Relaja
Ítem 3Tamaño de pantalla
Pantalla de mínimo 15 pulgadas.
Se aclara expresamente que una pantalla de 16 pulgadas es válida; para lo demás, se indica acogerse al pliego.
Aclara
Ítem 4Pantalla, puertos, audio y puerto VGA
El pliego contenía especificaciones de pantalla, puertos, audio y puerto VGA.
Se confirma que 16 pulgadas cumple el mínimo de 15; se aceptan puertos con condiciones superiores y audio profesional del fabricante, y el VGA puede ser opcional.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona