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Abriendo la ficha…

Pliego

8-Pliego_estandar_de_subasta_inversa_equipos_tecnologicos._rev_vruiz_03_04_2025_signed.pdf

Adquisición de equipos informáticos para uso del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. · Ministerio de Medio Ambiente

Publicado el 7 abr de 202552 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIMARENA-CCC-SI-2025-0004

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la subasta inversa electrónica MIMARENA-CCC-SI-2025-0004 para adquirir equipos informáticos, con presupuesto estimado de RD$70,986,467.67 y adjudicación por ítems. Incluye seis ítems y fija mejoras mínimas de puja del 5% por unidad; el documento está fechado únicamente en abril de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones de equipos con rasgos propietarios de una marca

Documento del 7 abr 2025 · hace 1 año

El pliego exige para los ítems 5 y 6 características identificadas con productos y tecnologías de Apple, incluidos nombres comerciales y chips específicos, sin indicar «o equivalente». Junto con la exigencia de accesorios de la misma marca en otros ítems, estas condiciones pueden reducir las alternativas admisibles y ameritan verificar su justificación técnica y el efecto sobre la competencia.

“Pantalla Liquid Retina de 15.3 pulgadas (diagonal) con una resolución nativa de 2880 x 1864 a 224 píxeles por pulgada Procesador Chip M2 con CPU de 8 núcleos (4 de rendimiento y 4 de eficiencia). GPU de 10 núcleos. Neural Engine de 16 núcle”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 4 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 4 — Definiciones

Artículo 4. Definiciones. En adición a las definiciones establecidas en el artículo 4 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, a los efectos del presente reglamento, serán de aplicación las siguientes definiciones: 1. Adjudicación. Acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación fijados en el Pliego de Condiciones y sus Especificaciones Técnicas/ Fichas Técnicas o Términos de Referencia en un procedimiento de contratación pública. 2. Bienes comunes. Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son…

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A revisarHallazgo en documentos

Exigencia de representación máxima para vender equipos

Documento del 7 abr 2025 · hace 1 año

Para los ítems 1 a 4 se exige que el oferente sea centro de servicio autorizado y tenga «el nivel de representación más alto» del fabricante. El documento no explica por qué ese nivel específico es necesario; por su efecto potencialmente restrictivo, procede verificar su proporcionalidad y cuántos proveedores podían cumplirlo.

“Para los participantes de los ítems 1, 2, 3 y 4: Los proveedores deben ser Centro de Servicio Autorizado de la marca. El oferente debe contar con el nivel de representación más alto del fabricante.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Credenciales uniformes para ofertas de distinta escala

Documento del 7 abr 2025 · hace 1 año

El pliego requiere a todos los participantes contratos u órdenes de compra y facturas de al menos cinco proyectos en los últimos cinco años, además de estados financieros de dos ejercicios y ratios mínimos. Como la adjudicación es por ítems, conviene revisar si estos requisitos son proporcionales al valor y complejidad de cada ítem, incluidos los de menor cuantía.

“Para todos los participantes: Los Oferentes deberán presentar los Estados Financieros de los dos (2) últimos ejercicios contables consecutivos, años 2023 y 2022. Dichos Estados Financieros, obligatoriamente, deberán estar dictaminados y”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Contradicción sobre la garantía de seriedad de la oferta

Documento del 7 abr 2025 · hace 1 año

El pliego establece que no se requiere garantía de seriedad, pero también prevé ejecutarla si un adjudicatario no presenta la garantía de fiel cumplimiento. Esa contradicción deja incierto qué garantía existe y qué consecuencia sería aplicable en ese supuesto; el reglamento exceptúa expresamente de la garantía de seriedad a las subastas inversas.

“En atención al Manual de Procedimiento de Subasta Inversa, para el presente Procedimiento de Subasta Inversa no se requerirá constitución ni presentación obligatoria de Garantía de Seriedad. En el evento de que el adjudicatario se negase de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 195 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 195 — Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta

Artículo 195. Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. Es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y seriedad de las condiciones técnicas y precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se solicitará presentación de garantía de mantenimiento de seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes determinarán la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el tiempo otorgado entre la convocatoria, la presentación de oferta y la…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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