El Acta núm. CAID-CCC-RE-2025-0036, de 2025-04-11, aprueba el informe económico y adjudica RD$2,000,000 a Servicios Empresariales Canaan, SRL por los ítems 1 a 4 del lote 1, y RD$2,940,930 a Yona Yonel Diesel, SRL por los ítems 9 a 13 del lote 3. El lote 2 ya había sido declarado desierto. El comité rectifica la evaluación del ítem 3 del lote 1 tras constatar que Canaan incluyó una estación en la provincia de San Juan.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento reproduce una regla de adjudicación total por suma ponderada de puntajes, pero el informe económico aprobado y la resolución adjudican por ítems y lotes aplicando descuentos. Aunque el informe también cita la enmienda que establece esta última modalidad, la coexistencia de ambas reglas en el acta deja una discrepancia documental que conviene aclarar respecto de cuál criterio rige la decisión.
“"La adjudicación se realizará de manera total a favor de aquel oferente que: 1) Haya presentado la propuesta que obtenga el mayor puntaje, resultado de la suma ponderada obtenida en los puntos de la oferta técnica \"Sobre A\" más los puntos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: SERVICIOS EMPRESARIALES CANAAN, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El acta indica que Noelia Ovalles estuvo ausente por vacaciones, pero aparece entre las personas que firman al cierre. Debe verificarse si firmó como aprobación de la decisión o si la firma refleja su participación en la sesión, pues ambas constancias no son coherentes sin aclaración.
“con la ausencia justificada por motivo de vacaciones de Noelia Ovalles, responsable de Acceso a la Información; … Noelia Ovalles Responsable de Acceso a la Información”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
El informe incorporado al acta identifica a Canaan con RNC, mientras que el registro de proveedores aportado para esa sociedad indica [RNC]. Conviene verificar que la oferta, la adjudicación y el contrato correspondan a la misma persona jurídica; podría tratarse de un error de transcripción.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
SERVICIOS EMPRESARIALES CANAAN, SRLTras rectificarse la evaluación técnica del ítem 3 del lote 1 al constatarse una estación en la provincia de San Juan, fue adjudicataria de los ítems 1, 2, 3 y 4 del lote 1 por RD$2,000,000.
ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A.Descalificada por no cumplir los requisitos financieros del pliego; el acta refiere límites de endeudamiento y liquidez corriente.
Descalificado
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DK PETROLEUM, SRLDescalificada por no cumplir los requisitos financieros del pliego; el acta refiere límites de endeudamiento y liquidez corriente.
Descalificado
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TROPIGAS DOMINICANA, SRLTras presentar los documentos requeridos para subsanar, fue descalificada por no cumplir los requisitos financieros del pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona