El acta, fechada el 8 de abril de 2025, adjudica a Eco Petroleo Dominicana, S.A. los lotes 1 y 2 de la compra de combustibles por RD$15,000,000.00 y RD$14,999,999.85, respectivamente, para un total de RD$29,999,999.85. Registra que United Petroleum Grupo Haina, SRL cumplió los requisitos y ofertó por el lote 2, y que Eco Petroleo cumplió para ambos lotes; el acta justifica considerar favorable a Eco Petroleo por contar con más estaciones de canje de tickets en el municipio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta señala que la mayor cantidad de estaciones de canje de Eco Petroleo fue favorable y se tomó en cuenta para adjudicar. El pasaje del pliego aportado fija un mínimo de cinco bombas, pero no muestra una regla de puntuación o preferencia por contar con más; conviene contrastar la motivación con los criterios íntegros publicados, pues la empresa recibió ambos lotes por RD$29,999,999.85.
“RESULTA: Que la empresa Eco Petroleo Dominicana, S.A. en consideraci6n a la parte t6cnica de distribuci6n de bombas, este oferente cuenta con mayores estaciones de canjes de tickets en el Municipio Santo Domingo Norte, por lo que resulta fa”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento califica el procedimiento como comparación de precios, pero su referencia y el portal lo identifican como licitación pública nacional. Para bienes convocados en 2025, el umbral máximo de comparación de precios era RD$5,644,812.73 y la licitación pública comenzaba en RD$6,272,014.16; el monto estimado informado es RD$29,999,999.85. La inconsistencia del procedimiento y la referencia del acta a los umbrales de 2024 requieren verificar cuál modalidad se convocó y aplicó; el portal registra licitación pública, que es la modalidad más abierta.
“ACT0 ADNINISTRATIVO DE ADJUDICACION RELATIV0 AL PROCEDIMIENT0 DE COMPARACI0N DE PRECIO REFERENCIA”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 39 — De la licitación pública
Artículo 39. De la licitación pública. En este procedimiento se realiza un llamado público y abierto para adquirir bienes, servicios y obras cuyo presupuesto estimado de contratación corresponde al umbral superior fijado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las licitaciones públicas pueden ser nacionales o internacionales, según las condiciones establecidas en la ley.
Eco Petroleo Dominicana, S.A.El acta indica que cumplió con lo solicitado para los lotes 1 y 2 y que contó con más estaciones de canje de tickets en Santo Domingo Norte; fue adjudicada en ambos lotes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.