El acta núm. 2025-0042, de 2025-04-11, aprueba los informes de evaluación económica y adjudica a Laboratorio Laprofar, S.R.L. los tres renglones de insumos para botiquines, por RD$5,410,000.00. Registra dos oferentes participantes, pero afirma que solo Laprofar fue habilitado para la apertura económica; el acta contiene una descripción contradictoria de la notificación de no habilitación de Qualipharma.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra el contrato de Laprofar como confirmado y enviado el 2025-04-10, mientras que el acta adjudica el 2025-04-11. Debe verificarse si la fecha del portal corresponde a la firma o perfeccionamiento del contrato, o a una fecha de registro transaccional distinta.
“siendo las nueve horas de la mañana (09:00 u.-.), del día viernes once (11) del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025), se reunieron los miembros del Comité de Compras y Contrataciones … SEGUNDO: APROBAR, los resultados”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta denomina la comunicación como notificación de «No Habilitado», pero a continuación dice que Qualipharma fue habilitada para abrir el Sobre B por cumplir las especificaciones. Como el acta también señala que solo se abrió la oferta económica de Laprofar, conviene verificar la notificación y evaluación originales para establecer el estado efectivo de Qualipharma.
“La notificación de No Habilitado de fecha cuatro (04) del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025) ... en la cual se habilita a la apertura de oferta económica "Sobre B" a la empresa QUALIPHARMA, S.R.L.' por haber cumplido con las es”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 125 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica RD$5,410,000 a Laprofar, pero el portal registra las ofertas de Laprofar y Qualipharma en RD$0 y con estado «Cargada / Pendiente», aunque también registra un contrato adjudicado a Laprofar por el monto del acta. Puede tratarse de información del portal incompleta o atrasada; conviene conciliarla con las ofertas económicas publicadas.
“Por un monto total adjudicado de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,410,000.00).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Según el historial aportado, Laprofar recibió de esta institución 13 contratos por RD$457,860,741 en los 24 meses previos. El acta le adjudica además este contrato por RD$5,410,000; la recurrencia es un dato contextual que merece revisión de la concentración de adjudicaciones, sin que por sí sola demuestre una irregularidad.
“Por un monto total adjudicado de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,410,000.00).”
Laboratorio Laprofar, S.R.L.Adjudicación de los tres renglones; el acta consigna que cumplió las evaluaciones jurídicas, financieras y técnicas.
Adjudicado
Tres renglones
RD$5,410,000
Qualipharma, S.R.L.El acta registra una notificación de no habilitación, aunque en la descripción de esa misma notificación dice que se habilitó a la empresa para la apertura del Sobre B por cumplir las especificaciones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona