El Acta núm. 01/2025, de 2025-03-26, adjudica a Hipólito Antonio Capano Méndez la construcción del techado de la cancha deportiva Colonia Española “José Augusto García Saleta” por RD$62,833,506.23. El acta afirma que tres oferentes presentaron ofertas y que solo uno quedó habilitado para abrir la oferta económica. También consigna una apertura de ofertas el 10 de marzo, fecha que no coincide con el cronograma del pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que las ofertas técnica y económica se abrieron el 10 de marzo. El pliego fija la presentación de ofertas para el 12 de marzo y la apertura económica para el 19 de marzo; la diferencia requiere comprobar la secuencia en el expediente y podría corresponder a un error en la fecha consignada.
“En fecha lunes 10 de marzo del 2025, se dio apertura a la Oferta Técnica Sobre A y Oferta Económica Sobres B, oferta presentado por el oferente ING. HIPOLITO ANT. CAPANO MENDEZ, y dando lectura a la oferta, se pudo comprobar lo siguiente:”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 115 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 115 — Recepción de propuestas
Artículo 115. Recepción de propuestas. Las ofertas podrán ser recibidas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en el cual, de forma automática, se registra la fecha y hora de la recepción, manteniéndose encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el pliego de condiciones. Párrafo I. Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, podrán ser recibidas desde el día de la convocatoria hasta el día y la hora fijados como plazo máximo para la presentación de las ofertas. En estos casos, la Unidad Operativa de Compras y…
El acta registra tres presentaciones, pero solo una habilitación para abrir el Sobre B y luego adjudica a ese oferente. Aunque esto no acredita por sí solo una exclusión improcedente, conviene revisar las evaluaciones que determinaron que solo una oferta llegara a la etapa económica.
“Para este Proceso, tres (03) oferentes se presentaron al salón de sesiones del Ayuntamiento y formalizaron sus presentaciones de ofertas, de los cuales solo un (01) oferente fue habilitado para la apertura del "Sobres B" contentivo de la of”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
La adjudicación fue por RD$62,833,506.23 frente al estimado de RD$63,149,252.49, una diferencia de RD$315,746.26 (aproximadamente 0.50%). Dado que ya se registró como señal del proceso el rango de precios limitado al 3% del referencial, esta cifra concreta permite verificar cómo incidió ese rango en el resultado y en la razonabilidad del precio.
“por un valor total de RD$62,833,506.23.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta adjudica RD$62,833,506.23 a Capano Méndez, mientras que los datos de ofertas del portal proporcionados para este análisis registran RD$0 y estado “Cargada / Pendiente” para ese oferente, aunque el proceso figura adjudicado y celebrado. Puede tratarse de información del portal desactualizada; conviene verificar la publicación y el expediente electrónico.
“EL PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DEL TECHADO DE LA CANCHA DEPORTIVA COLONIA ESPAÑOLA “JOSE AUGUSTO GRCIA SALETA”; por un valor total de RD$62,833,506.23.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Hipólito Antonio Capano MéndezEl acta indica que cumplió con las especificaciones técnicas y económicas y que su propuesta resultó conveniente; adjudicación por RD$62,833,506.23.
Adjudicado
Techado de la cancha deportiva Colonia Española “José Augusto García Saleta”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona