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Pliego

Pliegos de Condiciones y Especificaciones Construccion de Obras Diversas Ayunt. Azua - CANCHA DE BALONCESTO1.pdf

PROCESO DE OBRAS DIVERSAS · Ayuntamiento Municipal de Azua

Publicado el 4 mar de 202550 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNTAMIENTO AZUA-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar, mediante comparación de precios, la construcción del techado multiuso de la cancha de la Colonia Española, referencia AYUNTAMIENTO AZUA-CCC-CP-2025-0001. Fija un valor referencial de RD$63,149,252.49 para un lote y prevé la recepción de ofertas el 12 de marzo de 2025 y la adjudicación el 26 de marzo de 2025. Entre sus reglas, dirige el proceso a oferentes de una región y establece un margen de precio de ±3 % respecto del presupuesto referencial.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$63.1 millones

Requisito de experiencia distinto según la forma del oferente

Documento del 4 mar 2025 · hace 1 año

Para personas físicas el pliego exige diez años como contratista y al menos tres contratos ejecutados; para personas jurídicas fija cinco años y también tres contratos. Dado el monto referencial de RD$63,149,252.49, merece revisarse si la diferencia y los requisitos acumulados son proporcionales al objeto y complejidad de la obra.

“Tiempo mínimo requerido como Contratista: Diez (10) años. Deben ir anexos a Formulario SNCC.D.049. ... Mínimo tres (3) contratos ejecutados.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$63.1 millones

Margen de precio de solo ±3 % frente al presupuesto

Documento del 4 mar 2025 · hace 1 año

El pliego contempla rechazar ofertas tanto por superar como por quedar por debajo del presupuesto referencial en más de 3 %. El límite inferior puede excluir propuestas de menor precio mediante un umbral predeterminado; el artículo 130 del Reglamento regula la descalificación por precio bajo como no sustentable y prevé una evaluación de sus elementos, por lo que conviene verificar cómo se aplicaría este margen.

“Las propuestas económicas de un oferente podrán rechazarse si (por considerarse la oferta no SUSTENTABLE Y TEMERARIA) Supera un tres (3%) el presupuesto de referencia de la entidad contratante o que este por debajo de un tres (3%) del presu”

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

ContextoHallazgo en documentos

Restricción territorial que requiere verificar su justificación

Documento del 4 mar 2025 · hace 1 año

El pliego dirige el proceso a oferentes de la «Región Valdecia», lo que puede limitar quiénes participan. El Reglamento permite regionalizar convocatorias para promover la participación de MIPYMES; conviene verificar que esta limitación corresponda a esa finalidad y cómo se definió la región, pues el texto no lo explica.

“Este proceso está dirigido a oferentes de la Región Valdecia.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 87 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 87 — Fraccionamiento

Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Otros documentos del proceso (24)

  • Acta de Aprobación de designacion de peritos.pdfInforme pericial · 4 mar de 2025 · 1 señal
  • Certificación existencia de fondos.pdfCertificación de fondos · 4 mar de 2025 · 1 señal
  • Resolución del Comité de Compras y Contrataciones inicio del proceso.pdfResolución · 4 mar de 2025 · 1 señal
  • SNCC_D008_Dictamen_Juridico.pdfDictamen · 4 mar de 2025
  • SNCC_F012_Convocatoria_CP.pdfDocumento · 4 mar de 2025
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 4 mar de 2025 · 3 señales
  • Certificacion de Fondos DIGEPRES - Ayuntamiento de Azua.pdfCertificación de fondos · 4 mar de 2025 · 1 señal
  • SNCC_D044_Enfoque_y_Metodologia (1).docxDocumento · 4 mar de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista (5).docxDocumento · 4 mar de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (4).docxDocumento · 4 mar de 2025
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal (4).docxDocumento · 4 mar de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • compromiso-etico-de-proveedores (1).docxDocumento · 4 mar de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (7).docxDocumento · 4 mar de 2025
  • contrato-de-obra (5).docxContrato · 4 mar de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (6).docxDocumento · 4 mar de 2025
  • PLANOS ARQUITECTONICOS CANCHA DE BALONCESTO.pdfDocumento · 4 mar de 2025
  • PLANOS ESTRUCTURALES CANCHA DE BALONCESTO.pdfDocumento · 4 mar de 2025
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  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 10 abr de 2025 · 4 señales
  • Informe final del portalDocumento · —