El Comité de Compras y Contrataciones del HGENSA adjudicó el 7 de abril de 2025 a Sued & Fargesa, SRL, los 19 renglones de reactivos por RD$5,613,652.00, tras consignar que la oferta cumplía las especificaciones y era la de menor precio. El acta señala que se recibió una oferta y compara su monto con una apropiación estimada de RD$5,682,182.44.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Sued & Fargesa, pero la tabla que contiene los 19 precios está encabezada con el nombre de Ciencia Tecnología y Consultas, SRL. Aunque el total de la tabla coincide con el monto atribuido a Sued & Fargesa y el acta registra una sola oferta, la discrepancia de identidad requiere comprobar a quién corresponde la cotización evaluada y adjudicada.
“CIENCIA TECNOLOGIA Y CONSULTAS, SRL NO DESCRIPCION DEL BIEN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 127 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 127
Artículo 127. Acto notarial de la apertura de la oferta económica El notario público levantará un acto auténtico sobre la apertura de la oferta económica que, deberá contener los mismos requisitos del acto de apertura de las ofertas técnicas, junto con lo siguiente: 1. El contenido de las ofertas económicas presentadas. 2. El tipo, monto y vigencia de su garantía de seriedad de la oferta.
El acta invoca el artículo 100 del Reglamento 543-12 para afirmar que la oferta no supera el límite aplicable, aunque el proceso fue convocado en 2025 y el Reglamento 416-23 ya había entrado en vigor y derogado aquel reglamento. Como la oferta consignada es inferior a la apropiación estimada, el documento no demuestra por sí solo un efecto en el monto adjudicado; conviene verificar el fundamento y cálculo utilizados.
“VISTO: La Ley , sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, modificada por la Ley 449-06 y su Reglamento de Aplicación .”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 251 · Reglamento 416-23, art. 253 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 251 — Derogaciones
Artículo 251. Derogaciones. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, queda derogado el Reglamento de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras núm. 543-12, del 6 de septiembre de 2012, así como toda disposición contenida en reglamentos, decretos, así como normas de igual o menor jerarquía, que le sean contrarias.
Reglamento 416-23, artículo 253 — Entrada en vigencia
Artículo 253. Entrada en vigencia. El presente reglamento, a excepción del artículo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a los seis (6) meses a partir de su promulgación.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Sued & Fargesa, SRLEl acta consigna que cumplió las especificaciones requeridas y presentó la oferta económica de menor precio; adjudicación de los 19 renglones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona