La Circular N. 1, emitida el 3 de abril de 2025, registra que el proceso no estaba publicado en el portal institucional y que fue publicado ese día. También modifica las condiciones de la garantía de seriedad: fija un monto del 1% de la oferta y menciona tanto una vigencia ligada a la apertura del 10 de abril como otra de 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, indicada como 20 de mayo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso se publicó en el portal institucional el 3 de abril y la apertura de ofertas técnicas estaba prevista para el 10 de abril. Entre ambas fechas quedan cuatro días hábiles previos a la apertura, mientras que el artículo 100 del Reglamento 416-23 exige cinco para una comparación de precios; esto merece verificar el cronograma y la fecha efectiva de recepción de ofertas. Es distinto del hecho, ya registrado, de la publicación institucional posterior a la convocatoria.
“03/04/2025 Proceso sin publicar en el Portal Institucional. El proceso fue publicado en el Portal Institucional”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
Garantía de seriedad y mantenimiento de la ofertaMonto y vigencia
La circular no reproduce el texto anterior; indica que la disposición sobre vigencia será sustituida.
Establece una garantía del 1% de la oferta y señala vigencia hasta 40 días después de la apertura prevista (10 de abril), además de 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato (20 de mayo); exhorta a fijar fechas exactas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona