La circular identifica otra modalidad de selección
· hace 1 año
El portal registra el proceso como Comparación de Precios, pero la circular lo denomina Licitación Pública Nacional. La discrepancia amerita verificar la identificación del procedimiento en el expediente; este documento no consigna un efecto concreto sobre la competencia o la adjudicación.
“PROCEDIMIENTO DE LICITACION PUBLICA NACIONAL DGAP-CCC-CP-2025-0011”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 42 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
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