Solvencia de consorcios limitada a la empresa líder
· hace 1 año
El pliego exige que se consideren los estados financieros de la empresa líder y que esta tenga al menos 50% de participación. El artículo 26 del Reglamento permite acreditar la solvencia e idoneidad mediante la sumatoria acumulada de las credenciales de los miembros; la condición del pliego podría impedir que un consorcio demuestre su capacidad financiera conjunta.
“En caso de que la oferta sea presentada por un consorcio o promesa de consorcio, se considerarán los estados financieros de la empresa líder del consorcio, la cual deberá tener una participación mínima del 50%.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 26 — Acuerdo consorcial
Artículo 26. Acuerdo consorcial. Los consorcios deberán acreditar ante la institución contratante el acuerdo o convenio por el cual se formalizan, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes para la preparación y presentación de ofertas y la ejecución contractual, la capacidad de ejercicio de cada miembro, así como la solvencia económica y financiera y la idoneidad técnica y profesional de este último. Dicha solvencia e idoneidad se podrá acreditar mediante la sumatoria acumulada de las credenciales de cada uno de los miembros. Párrafo. Los consorcios deberán designar un representante o gerente único, mediante un poder mancomunado o en el acuerdo consorcial. En caso de que ocurra…
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