Único oferente en el proceso previo y adjudicatario en la nueva convocatoria
· hace 1 año
El acta registra que Cybolt-Asystec fue el único oferente del proceso previo TSS-CCC-CP-2024-0025, que terminó desierto. Según los datos aportados del proceso sucesor TSS-CCC-CP-2025-0002, el mismo consorcio fue adjudicado por RD$4,985,500; la secuencia merece revisión como indicador de competencia limitada entre convocatorias, sin que por sí sola establezca una irregularidad.
“presentándose en ese plazo el oferente Cybolt Asystec.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
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