La Enmienda núm. II, de fecha 2025-04-02, modifica el plazo de prestación y la garantía de seriedad de la oferta del proceso SNS-MAE-PEUR-2025-0001. Fija un máximo de 15 días desde la notificación de la adjudicación y dispone que los aumentos de tiempo asumidos por el proveedor no generarán erogaciones adicionales para el SNS. Establece una garantía del 1% de la oferta y consigna formulaciones de vigencia que incluyen el 27 de junio de 2025 y, alternativamente, la entrega de la orden de compra o 60 días hábiles desde la presentación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numeral 8: Tiempo de prestación de la contratación y/o compraPlazo de ejecución y costos por aumento de tiempo | El texto anterior del numeral no se reproduce en la enmienda. | Prestación en un máximo de 15 días desde la notificación de la adjudicación; los aumentos de tiempo que disponga el proveedor no generarán mayores erogaciones para el SNS y serán asumidos por este. | Endurece |
| Numeral 16, literal d): Garantía de seriedad de la ofertaMonto, forma y vigencia de la garantía | El texto anterior del literal no se reproduce en la enmienda. | Garantía bancaria o póliza por el 1% de la oferta, en la misma moneda, incondicional, irrevocable y renovable. Indica vigencia hasta el 27 de junio de 2025 y también formula una vigencia mínima hasta la entrega de la orden de compra o 60 días hábiles desde su presentación. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona