La Enmienda núm. 1, firmada el 1 de abril de 2025, modifica el punto 3 del pliego —«Descripción del bien»— del proceso de subasta inversa PROCURADURIA-CCC-SI-2025-0004. Sustituye la descripción por especificaciones para un equipo de almacenamiento con 12 SSD de 15.36 TB, varios protocolos y niveles RAID, y garantía de dos años.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La sustitución deja de consignar métricas verificables de throughput, capacidad usable y proporción SAN/NAS que aparecen en el resumen de la Circular núm. 01..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Punto 3 del pliego: Descripción del bienSustitución de las especificaciones técnicas del equipo de almacenamiento
Según el resumen de la Circular núm. 01 del proceso: throughput superior a 20 Gbps, caché de 1024 Gb, asignación de 80 % para SAN y 20 % para NAS, y capacidad usable de 168.96 TB.
La enmienda establece, entre otros requisitos, hasta 16 controladores, rangos de memoria caché, 12 SSD de 15.36 TB, protocolos y puertos específicos, y RAID 5, 6, 10 y RAID-TP. No consigna throughput mínimo, proporción SAN/NAS ni capacidad usable total.
RelajaQuita un control: La sustitución deja de consignar métricas verificables de throughput, capacidad usable y proporción SAN/NAS que aparecen en el resumen de la Circular núm. 01.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona