La Enmienda No. 01-2025, emitida el 31 de marzo de 2025 para el proceso ERD-CCC-LPN-2025-0002, modifica especificaciones de los vehículos, plazos y otros términos del pliego. También incorpora un parámetro para descalificar ofertas anormalmente bajas basado en el promedio del precio ofertado y fija para el 30 de mayo de 2025 la publicación de los contratos, pese a que el cronograma prevé su suscripción el 12 de mayo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda fija la suscripción de los contratos para el 12 de mayo y su publicación para el 30 de mayo de 2025. Si los contratos se perfeccionan en la fecha de suscripción prevista, la fecha de publicación establecida excede el plazo reglamentario de cinco días hábiles desde el perfeccionamiento; corresponde verificar la fecha efectiva de suscripción y publicación.
“19. Suscripción del (los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra. El 12 de mayo del 2025 20. Publicación del (los) contrato(s) en los portales: institucional y del SECP (art. 106 Reglamento núm. 416-23). El 30 de mayo del 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
La Enmienda No. 01-2025 agrega al numeral 4 del pliego un umbral de descalificación de ofertas anormalmente bajas calculado sobre el promedio del precio ofertado, en lugar del presupuesto base publicado que exige el artículo 130 del Reglamento 416-23. Además, modifica la garantía de seriedad de la oferta para que cubra solo hasta la suscripción del contrato (12-05-2025), cuando antes debía cubrir hasta el 09-06-2025, es decir, 20 días después de la suscripción, período relevante para su ejecución si el adjudicatario se niega a firmar.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda establece como referencia el promedio de los precios ofertados para el ítem. El artículo 130 del Reglamento 416-23 exige que el pliego establezca el porcentaje de diferencia respecto del presupuesto base previamente publicado y prohíbe usar el promedio simple de las ofertas para determinar si una oferta es sustentable; la regla añadida merece revisión por su efecto en la evaluación económica.
“en el caso del presente procedimiento de adquisición de bienes, el rango porcentual hacia la baja con base al cual podrán ser descalificadas las ofertas económicas por considerarse anormalmente baja, luego de agotado el debido proceso estab”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Ficha técnica, numeral 2.0, Lote IEspecificaciones de las camionetas
Inyección DI-D common rail obligatoria; suspensión trasera con eje rígido y muelle; mínimo 6 bolsas de aire; neumáticos de 18 pulgadas mínimo; encendido push button; asientos en tela.
La inyección pasa a opcional; se acepta otra suspensión trasera; las bolsas de aire quedan en un rango de 2 a 8 mínimo; neumáticos de 17 pulgadas en adelante; encendido convencional o push button; asientos en tela o piel suave.
Relaja
Ficha técnica, numeral 2.0, Lote IIEspecificaciones de las motocicletas
Transmisión de 6 velocidades y tanque de combustible de 9 litros.
Transmisión de 5 velocidades en adelante y tanque de combustible de 9 litros en adelante.
Relaja
Pliego, numeral 4, sección IParámetro para ofertas anormalmente bajas
El numeral no consignaba el rango porcentual que incorpora esta enmienda.
Añade que las ofertas podrán descalificarse por estar al menos 20% por debajo del promedio del precio o valor ofertado para el ítem, luego del debido proceso.
EndureceQuita un control: Sustituye la referencia al presupuesto base publicado por un promedio de precios ofertados como parámetro para evaluar la sustentabilidad económica.
Pliego, numeral 5, sección ILugar de entrega
La entrega se fijaba en el Departamento de Almacén de Propiedades del ERD, bajo coordinación del Batallón de Transportación.
Identifica el Almacén como ubicado en el campamento militar “16 de agosto”, Km. 25 de la autopista Duarte, municipio Pedro Brand, provincia Santo Domingo.
Aclara
Pliego, numerales 6 y 7, sección IInicio de entrega de los bienes
Entrega inmediata a partir de la suscripción del contrato; las fechas de entrega se fijaban luego de la firma.
La entrega comienza luego de la suscripción del contrato y su registro ante la Contraloría General de la República.
Relaja
Pliego, numeral 8, sección ICronograma de suscripción y publicación de contratos
Suscripción dentro de los siguientes 5 días hábiles desde la notificación de adjudicación; publicación en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde esa notificación.
Fija la suscripción para el 12 de mayo de 2025 y la publicación en los portales para el 30 de mayo de 2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Pliego, numeral 11.1.3Evaluación de muestras
El título indicaba “Presentación de las muestras, si aplica” y no incluía la nota añadida.
El título pasa a “Presentación de las muestras” y añade que su evaluación estará sujeta a la descripción e imágenes del catálogo ilustrativo requerido en la documentación técnica.
Aclara
Pliego, numeral 11.1.3, literal bVigencia de las ofertas
Vigentes hasta el 11-05-2025.
Vigentes hasta el 12-05-2025.
Relaja
Pliego, numeral 5, literal cVigencia de la garantía de seriedad
Vigencia hasta 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, inclusive, esto es, el 09-06-2025.
Vigencia desde la apertura de la oferta técnica, el 11-04-2025, hasta la suscripción del contrato inclusive, el 12-05-2025.
RelajaQuita un control: Reduce el período de cobertura de la garantía de seriedad de la oferta respecto del plazo previamente exigido.