El pliego fija las reglas de la excepción por exclusividad SUPBANCO-CCC-PEEX-2025-0003 para renovar durante tres años los servicios Microsoft Azure, Marketplace y TeamPhone, en un lote único, con apropiación presupuestaria de RD$76,646,539.63. Establece recepción de ofertas hasta el 9 de abril de 2025 y prevé adjudicar al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos; el portal registra el proceso como desierto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma prevé apertura y evaluación conjunta de las ofertas técnicas y económicas, y el texto indica que ambas se evaluarían en paralelo. Esto se aparta de la separación por etapas que exige el reglamento y merece revisión por el riesgo de que la oferta económica influya antes de concluir la evaluación técnica.
“Apertura, verificación, validación y evaluación conjunta y sumaria de las ofertas técnicas y económicas “Sobre A” y “Sobre B” y homologación-evaluación de muestras, si procede.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
El pliego establece un índice de solvencia mínimo, pero permite evaluar líneas de crédito o disponibilidad bancaria si el índice no se alcanza sin indicar el monto mínimo requerido para esa alternativa. La falta de un parámetro cuantificable puede dejar margen de juicio al evaluar una credencial financiera.
“Nota: En el caso de que estos índices no alcancen el límite mínimo establecido, los peritos evaluarán la carta bancaria que indique que el oferente posee una o varias líneas de crédito y/o disponibilidad.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El portal registra una sola oferta, de GBM Dominicana, SA, por RD$33,751,940, mientras el pliego permite considerar y adjudicar una oferta única si cumple los requisitos. Esto reduce la competencia efectiva de precios en este proceso; no demuestra por sí solo que se haya restringido la participación y el portal informa que el procedimiento terminó desierto.
“Si se presentase una sola Oferta, ella deberá ser considerada y se procederá a la Adjudicación, si habiendo cumplido con lo exigido en el Pliego de Condiciones Específicas, se le considera conveniente a los intereses de la Institución.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Desde la convocatoria del 31 de marzo hasta la recepción de ofertas del 9 de abril transcurren nueve días calendario; las respuestas a consultas se fijan para el 4 de abril. Para un contrato de tres años con requisitos financieros, referencias y documentación técnica extensa, el plazo merece comprobarse frente a la exigencia reglamentaria de que sea razonable y proporcional; el reglamento no establece aquí un mínimo numérico para esta excepción.
“Lunes 31 de marzo del 2025 2. Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los(as) interesados(as). Hasta el miércoles 02 de abril del 2025 a las 05:00 p.m. 3. Plazo para emitir respuesta por parte del Comité de Compras y C”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona