El acto RES-CC-097-2025, de 2025-03-27, autoriza para EDENORTE-CCC-PEPU-2025-0007 la excepción por proveedor único para alquilar seis oficinas comerciales por RD$17,956,400.37, impuestos incluidos. También aprueba las especificaciones técnicas, designa peritos para evaluar las ofertas técnicas, financieras y legales, y ordena publicar la resolución; no dispone la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto nombra a Carlos Jhos eppe Rodríguez Paulino como proveedor autorizado para Cutupú, pero en los antecedentes identifica a José Francisco Gutiérrez Santos como propietario y cotizante, representado por Carlos. Los datos del portal registran la oferta y el contrato a nombre de José Francisco; conviene verificar que la identidad de la parte autorizada coincida con la formalización contractual. La representación mediante poder podría explicar la diferencia.
““1. JOSÉ FRANCISCO GUTIÉRREZ SANTOS, propietario, debidamente representado mediante poder especial de fecha catorce (14) de junio del año dos mil diecisiete (2027) por CARLOS JHOSEPPE RODRÍGUEZ PAULINO” … “PRIMERO: AUTORIZAR el uso de la ex”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Carlos Jhos eppe Rodríguez PaulinoEl acto lo incluye en la autorización como proveedor para el alquiler de Cutupú; en los antecedentes aparece como representante de José Francisco Gutiérrez Santos.
Mencionado
Oficina comercial de Cutupú, La Vega
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José Francisco Gutiérrez SantosPropietario del local de Cutupú y persona cuya cotización se consigna en los antecedentes; el acto operativo nombra a su representante.
Mencionado
Oficina comercial de Cutupú, La Vega
RD$1,612,178
Tomás Emilio Batista MoránPropietario del local de Sábana Iglesia; el acto consigna su cotización y lo incluye en la autorización.
Mencionado
Oficina comercial de Sábana Iglesia, Santiago
RD$1,634,404
Miguel Arnulfo Almonte SerranoPropietario del local de Maimón; el acto consigna su cotización y lo incluye en la autorización.
Mencionado
Oficina comercial de Maimón, Monseñor Nouel
RD$2,525,778
Domingo Candelario PeraltaPropietario del local de Constanza; el acto consigna su cotización y lo incluye en la autorización.
Mencionado
Oficina comercial de Constanza, La Vega
RD$6,370,023
José Humberto Brito PolancoRepresentante legal de los propietarios del local de Licey; el acto consigna su cotización y lo incluye en la autorización.
Mencionado
Oficina comercial de Licey, Santiago
RD$3,598,422
Luis José Rodríguez HernándezRepresentante legal del propietario del local de La Isabela; el acto consigna la cotización presentada por el representante y lo incluye en la autorización.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona