La enmienda al proceso de construcción de puentes establece un umbral de más de 10% por debajo del presupuesto base para considerar una oferta no sustentable o temeraria, sujeto al debido proceso del artículo 130 del Reglamento 416-23. También fija el 04/04/2025 como fecha corregida para recibir ofertas, concede tres días laborales para subsanar y establece el 02/05/2025 como fecha corregida para constituir la garantía de fiel cumplimiento; aclara que el 29/04/2025 indicado en el pliego corresponde a la suscripción del contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda consigna que el proceso estaba sin publicar en el portal institucional y marca la situación como resuelta, sin precisar cuándo ni cómo se corrigió. Es un punto a verificar porque el reglamento dispone la publicación de la convocatoria en el SECP y en el portal institucional.
“• PROCESO SIN PUBLICAR. | Proceso sin publicar en el portal institucional, (RESUELTO).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Numeral 11.2, pág. 12 del pliegoUmbral para identificar ofertas no sustentables o temerarias
El contenido previo del numeral 11.2 no se detalla en la enmienda.
Una oferta más de 10% inferior al presupuesto base podrá considerarse no sustentable o temeraria y descalificarse tras agotar el debido proceso del artículo 130 del Reglamento 416-23.
Endurece
Cronograma, pág. 6 del pliego y SECPPlazo para recepción de ofertas
El documento califica como insuficiente el plazo establecido; no indica la fecha de cierre anterior.
Se concede una extensión de tres días laborales y se fija el 04/04/2025 como fecha correcta para recibir ofertas.
Relaja
Subsanación de documentosPlazo para subsanar
El documento no indica el plazo previo para subsanar.
Se conceden tres días laborales para subsanar la documentación requerida.
Relaja
Plazo de mantenimiento de oferta y garantía de seriedad, numeral 11.2, pág. 13 del pliegoAclaración de la fecha 29/04/2025
El pliego relacionaba la fecha 29/04/2025 con el plazo de mantenimiento de oferta y la vigencia de la garantía de seriedad, según describe la enmienda.
Se aclara que el 29/04/2025 es el plazo para la suscripción del contrato.
Aclara
Cronograma, pág. 6 del pliegoPlazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento
El documento califica como insuficiente el plazo previsto y no detalla la fecha anterior.
Se otorgan cinco días laborales y se fija el 02/05/2025 como fecha correcta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona