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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES FINAL.pdf

Adquisición y Renovación de Licencias de Software. · Procuraduría General de la República

Publicado el 26 mar de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROCURADURIA-CCC-LPN-2025-0001

Lo que dice

El pliego de marzo de 2025 establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional PROCURADURIA-CCC-LPN-2025-0001 para adquirir y renovar licencias de software en cuatro lotes, con un valor referencial total de RD$27,000,597.64. Fija la adjudicación por lotes al menor precio entre las ofertas habilitadas y detalla requisitos legales, financieros y técnicos, así como condiciones de ejecución y pago.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$400,000

Requisitos técnicos concentrados en Fortinet para el lote 4

Documento del 26 mar 2025 · hace 1 año

El lote 4, valorado en RD$400,000, exige el servicio FortiAppSec y, entre otros requisitos, cinco años de experiencia en proyectos similares y experiencia con equipos Fortinet. La combinación puede limitar la competencia para este lote; conviene verificar su justificación técnica y proporcionalidad, aunque el pliego no permite determinar si existen razones de compatibilidad.

“FortiAppSec Cloud – Balanceo de carga de servidor global (Global Server Load Balancing 100 QPS consultas por segundo). Incluye soporte Forticare Premium … Mínimo 5 años de experiencia en el mercado de proyectos similares, en el sector”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 4 · Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 4 — Definiciones

Artículo 4. Definiciones. En adición a las definiciones establecidas en el artículo 4 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, a los efectos del presente reglamento, serán de aplicación las siguientes definiciones: 1. Adjudicación. Acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación fijados en el Pliego de Condiciones y sus Especificaciones Técnicas/ Fichas Técnicas o Términos de Referencia en un procedimiento de contratación pública. 2. Bienes comunes. Son aquellos que pueden ser objetivamente definidos por el mercado, de forma sencilla y corriente debido a que son…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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A revisarHallazgo en documentos

Dos períodos distintos para acreditar los estados financieros

Documento del 26 mar 2025 · hace 1 año

La lista de documentos solicita estados financieros de 2022 y 2023, mientras que la matriz de evaluación indica 2023 y 2024. La contradicción merece revisión porque afecta qué documentación financiera debía presentar cada oferente para acreditar su solvencia.

“Estados Financieros de los dos (2) últimos periodos fiscales o ejercicios contables consecutivos, de los años terminados 2022 y 2023 para determinar los índices financieros correspondientes... ... Estados Financieros de los dos (2) últimos ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentos

Listas de documentación técnica y matriz de evaluación no coinciden plenamente

Documento del 26 mar 2025 · hace 1 año

El numeral 11.1.2 exige cinco documentos técnicos, incluidos el «Nivel de compromiso Experto» y el currículum del personal calificado, pero la matriz del 12.1.3 omite esos dos e incorpora dos requisitos propios del lote 4 (mínimo 5 años de experiencia y certificados Fortinet) que sí constan en la ficha técnica de ese lote. El propio 12.1.3 dispone que todos los documentos del 11.1.2 son habilitantes, lo que reduce el efecto práctico de la diferencia, aunque la matriz no refleja fielmente la lista de requisitos.

“Nivel de compromiso Experto, "Expert", por sus siglas en inglés. Subsanable ... 4) Certificación que demuestre un mínimo de 5 años de experiencia en el mercado de proyectos similares, en el sector público o privados. Aplica para participant”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Otros documentos del proceso (18)

  • 3-Solicitud de compra (3).pdfSolicitud de compra · 26 mar de 2025 · 1 señal
  • 5-Acta de inicio.pdfInforme pericial · 26 mar de 2025 · 2 señales
  • Dictamen Jurídico.pdfDictamen · 26 mar de 2025
  • Modelo de contrato modf..docxContrato · 26 mar de 2025
  • Formulario Información del oferente. SNCC.F.042.docxDocumento · 26 mar de 2025
  • Formulario oferta Económica.SNCC.F.033.docxDocumento · 26 mar de 2025
  • Formulario Presentación de Oferta .SNCC.F.034.docxDocumento · 26 mar de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONES FINAL.pdfPliego · 26 mar de 2025 · 3 señales
  • Enmienda 1.pdfEnmienda · 30 abr de 2025 · 1 señal
  • Circular 1 (2).pdfCircular · 30 abr de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 30 jul de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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15.ACTO Y COMPULSA NO. 24 SOBRE B.pdf
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  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO CECOMSA.pdfContrato · —
  • Cuota comprometer LPN 0001.pdfDocumento · —
  • informe de Evaluacion economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —