Comité técnico evaluador integrado por personal de finanzas, currículo y becas
· hace 1 año
El acta 05-2025 aprobó como Comité Técnico Evaluador a un Coordinador de Dirección Financiera, un Técnico de Currículo y una Coordinadora de Becas Nacionales, sin consignar experiencia en catering o servicios de alimentos. El art. 8 del Reglamento 416-23 dispone que los peritos se designen por competencia, experiencia en el área y conocimiento del mercado. El acta no acredita que carezcan de esa experiencia, pero la designación amerita verificar sus competencias para evaluar el objeto contratado.
“estará compuesto por: Lie. Izzet A. Meló, Coordinador Dirección Financiera; Lie. Ramón Ortiz, Técnico Curriculum, y la Licda. Saima Mouse, Coordinadora de Becas Nacionales.” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
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