El Comité aprobó los informes de evaluación y adjudicó a MTE Group, SRL los dos camiones compactadores por RD$15,800,000.00: RD$9,000,000.00 para el Lote 1 y RD$6,800,000.00 para el Lote 2, frente a un presupuesto estimado de RD$16,000,000.00. El acta registra que recibió una única oferta y que MTE Group fue habilitada técnicamente y cumplió la evaluación económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla de evaluación económica describe el camión del Lote 2 como de 20 yardas, mientras que la resolución de adjudicación lo identifica como de 14 yardas. Aunque el pliego resumido contempla un camión de cada capacidad, la discrepancia en el acta amerita verificar cuál especificación y oferta fueron evaluadas y adjudicadas para ese lote.
“LOTE 2 Un (1) Camión Compactador De Resuduos Sólidos De 20 Yardas 6,800,000.00 CUMPLE … LOTE 2 Un (1) Camión Compactador De Resuduos Sólidos De 14 Yardas, marca Isuzu Powerstar, año 2025”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta registra una única oferta y adjudica ambos lotes a ese oferente. Esto no demuestra por sí solo una irregularidad, pero limita la comparación competitiva de precios y hace pertinente revisar la participación efectiva y las condiciones de competencia del proceso.
“Que en fecha 10 de marzo de 2025 fue recibida una única oferta para el presente procedimiento de Licitación Pública Nacional para la ADQUISICION DE DOS (2) CAMIONES COMPACTADORES RECOLECTORES DE DESECHOS SOLIDOS, REF. JMSL-CCC-LPN-2025-0001”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta adjudica a MTE Group, SRL por RD$15,800,000.00, pero el registro de ofertas aportado del portal muestra a la empresa con RD$0 y estado «Cargada / Pendiente». Podría tratarse de un registro pendiente de actualización; conviene verificar que el expediente electrónico publique y refleje el resultado adjudicado.
“Con base en el cuadro anterior, procedemos a recomendar para fines de Adjudicación del proveedor MTE GROUP SRL – RNC , RPE 85380 con valor de Quince millones ochocientos mil pesos con 00/100 (RD$15,800,000.00)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 134 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 134 — Notificación de la adjudicación
Artículo 134. Notificación de la adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financieras, según corresponda, ordenará la notificación del acta de adjudicación, la cual deberá notificarse en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, con los resultados de la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, a todos los participantes y con ello la solicitud de presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato al adjudicatario. Párrafo. Las instituciones contratantes deberán publicar en el plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, en el SECP y en el portal web de la institución, los resultados de sus procesos de compra o contratación.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
MTE Group, SRLAdjudicataria de los lotes 1 y 2; el acta consigna que cumplió los requerimientos técnicos y la garantía de seriedad de oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona