La Enmienda No. 1, fechada el 25 de febrero de 2025, modifica el pliego de la licitación JMSL-CCC-LPN-2025-0001. Actualiza la identificación de los lotes para un camión compactador de 20 yardas y otro de 14 yardas, ambos con los rubros indicados, y establece que los oferentes deberán tener «preferiblemente» la actividad comercial 25100000. También consigna que se publicaron en los portales las evidencias de avisos en dos periódicos nacionales; mantiene sin cambios las demás cláusulas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La actividad comercial 25100000 se formula como preferible, no obligatoria; esto debilita su uso como requisito verificable de correspondencia entre la actividad registrada del oferente y el objeto..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 1, Sección IIdentificación de lotes, rubros y actividad comercial
Redacción anterior del cuadro no reproducida en la enmienda.
Lote I: camión de 20 yardas; Lote II: camión de 14 yardas. Para ambos indica los rubros 25101914 y 25100000.
Aclara
Numeral 2, Sección I — Objeto del procedimientoDescripción del objeto y actividad comercial de los oferentes
Redacción anterior del objeto no reproducida en la enmienda.
Describe la adquisición de dos camiones y señala que los oferentes deberán tener «preferiblemente» la actividad comercial 25100000 (Vehículos de Motor).
RelajaQuita un control: La actividad comercial 25100000 se formula como preferible, no obligatoria; esto debilita su uso como requisito verificable de correspondencia entre la actividad registrada del oferente y el objeto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona