El Acta núm. 003-2025, de 2025-03-20, aprueba una enmienda al pliego del proceso AMY-CCC-CP-2025-0002 para modificar el cronograma y los plazos de mantenimiento de oferta y vigencia de la garantía de seriedad, anexar planos y corregir la última página. Indica que el plazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento será de cinco días hábiles y solicita fijar fechas exactas para la garantía de seriedad y el mantenimiento de oferta, pero no consigna las nuevas fechas concretas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta indica que la garantía de seriedad debe vencer veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero también que su fecha de vigencia debe coincidir con la fecha de suscripción y con el mantenimiento de la oferta. La contradicción deja incierto el período exigido y qué fecha debía consignarse en las ofertas.
“la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta debe indicar fecha exacta, no días, semanas ni meses y que debe ser hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el … cronograma para la suscripción del contrato inclusive”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El acta, fechada cuatro días antes de la recepción de ofertas prevista originalmente para el 24/03/2025, consigna que faltaban planos y no se verificaba la totalidad de las especificaciones cargadas al portal. Un plano aparece en otro documento del proceso fechado el 21/03; conviene verificar cuándo se publicó la información completa y si el cronograma concedió tiempo suficiente para incorporarla a las ofertas.
““En vista de que no figuran cargados al SECP - Portal Transaccional los planos de la obra a ser realizada” … “Al no verificarse la totalidad de los planos, ni la totalidad de las especificaciones técnicas cargadas al Portal Transaccional,””
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
CronogramaPlazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento
El acta no precisa el plazo anterior ni las fechas del cronograma vigente.
Establece un plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación para constituir la garantía y recomienda ajustar las fechas del cronograma del portal y del pliego; no consigna las fechas nuevas.
Aclara
Garantías y mantenimiento de ofertaVigencia de la garantía de seriedad y plazo de mantenimiento de la oferta
El acta no precisa los plazos ni las fechas que figuraban en el pliego anterior.
Solicita indicar fechas exactas: la garantía vencería veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato; el mantenimiento de la oferta debe coincidir con la fecha de suscripción y, también, con la vigencia de la garantía.
Aclara
Documentación técnicaAnexión y publicación de planos de la obra
El acta señala que los planos no figuraban cargados en el SECP y que no se verificaba la totalidad de los planos y especificaciones técnicas.
Aprueba anexar el plano y recomienda cargar al proceso los planos y la información técnica faltantes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…