viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

5-pliego de condiciones MERCADO YAMASA.pdf

CONSTRUCION DEL MERCADO DE YAMASA PRIMERA ETAPA · Ayuntamiento Municipal de Yamasá

Publicado el 14 mar de 202553 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AMY-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para la comparación de precios AMY-CCC-CP-2025-0002, destinada a construir la primera etapa del Mercado de Yamasá, con valor referencial de RD$21,500,000 y plazo de ejecución de 12 meses. Dirige el proceso a MIPYMES y fija la recepción de ofertas para el 24 de marzo de 2025 a las 13:00; incorpora requisitos de experiencia, evaluación técnica y económica y condiciones de pago.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$21.5 millones

Requisitos de experiencia exigentes para una obra de RD$21.5 millones

Documento del 14 mar 2025 · hace 1 año

El pliego exige al oferente diez años de experiencia, tres obras similares y que el director técnico tenga quince años de ejercicio, cinco como director y experiencia en al menos tres obras similares. Por su acumulación y nivel, conviene revisar si estos requisitos son proporcionales al objeto y valor del contrato, especialmente al estar el proceso dirigido a MIPYMES.

“El Oferente/Proponente deberá tener mínimo diez (10) años de experiencia y acreditar participación en la dirección y ejecución de proyectos similares.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Residencia en Yamasá como requisito para personal y directivos

Documento del 14 mar 2025 · hace 1 año

El pliego exige que al menos una persona directiva y el director técnico o los residentes vivan en Yamasá. La condición territorial puede limitar la participación de empresas y profesionales de otras localidades y merece revisión sobre su necesidad y proporcionalidad para esta obra.

“al menos uno del personal directivo debe tener o residir en el territorio de Yamasá.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Metodología de evaluación técnica presentada de forma contradictoria

Documento del 14 mar 2025 · hace 1 año

El pliego describe la evaluación técnica como cumple/no cumple, luego introduce una evaluación por puntaje de 70 puntos y un umbral de 55, y más adelante indica metodología combinada. La coexistencia de métodos distintos puede generar incertidumbre sobre cómo se habilitarán y compararán las ofertas.

“Metodología3 Cumple/No cumple … En la metodología de PUNTAJE todos los documentos referidos 11.1.2. “documentación técnica”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Texto oficial completo

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Banda de precio limitada a ±7 % del valor referencial por ítem

Documento del 14 mar 2025 · hace 1 año

El pliego establece que las ofertas no pueden apartarse más de 7 % por debajo ni por encima del valor referencial de cada ítem. Esta banda puede excluir ofertas económicamente competitivas; conviene verificar su justificación y cómo se aplicará junto con la evaluación de ofertas no sustentables.

“Para ser calificadas como conformes las ofertas presentadas por los oferentes no podrán exceder el 7% por debajo ni el 7% por encima del valor referencial indicado en cada ítem.”

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 78 · Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente

Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…

Otros documentos del proceso (23)

  • 6-Direccion Juridica.pdfDocumento · 14 mar de 2025
  • 2-ESPECIFICACIONES TECNICA TECNICAS.pdfPliego · 14 mar de 2025
  • 4-Aprobacion y celecion de perito.pdfInforme pericial · 14 mar de 2025
  • 1-SOLICITUD DE COMPRA Y CONTRATACIONES.pdfSolicitud de compra · 14 mar de 2025
  • 3-certificacion de existencia de fondos.pdfCertificación de fondos · 14 mar de 2025
  • 5-pliego de condiciones MERCADO YAMASA.pdfPliego · 14 mar de 2025 · 1 señal
  • FORMULARIO DE INFORMACION DEL OFERENTE.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • FORMULARIO DE PRESENTACION DE OFERTA ECONOMICA 0033.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • FORMULARIO DE PRESENTACION DE OFERTA.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • MODELO DE CONTRATO DE BIENES Y SERVICIO.docxContrato · 14 mar de 2025
  • 3.1-EXPERIENCIA DEL CONTRATISTA 0049.docxDocumento · 14 mar de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
5.2-CURRICULO RESIDENTE DE OBRA 0045 ABEL.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • 8-ESTRUCTUA PARA BRINDAR SOPORTE 0035.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • 10-PERSONAL DE PLANTILLA 0037.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • 20.3-EXPERIENCIA TOPOGRAFO 0048.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • Compromiso ético de proveedores (as) del estado.docxDocumento · 14 mar de 2025
  • 5-pliego de condiciones MERCADO YAMASA CORREGIDO.pdfEnmienda · 21 mar de 2025 · 4 señales
  • ADENDA 1 YAMASA.pdfEnmienda · 21 mar de 2025 · 2 señales
  • PLANO mercado de yamasa MONO (2).pdfEnmienda · 21 mar de 2025 · 1 señal
  • MODIFICACION AL CRONOGRAMA.pdfDocumento · 22 mar de 2025
  • SUSPENSION TEMPORAL.pdfDocumento · 26 mar de 2025
  • REACTIVACION.pdfDocumento · 27 mar de 2025
  • CANC ELACION DE PROCESO.pdfDocumento · 27 mar de 2025