El Acta núm. 024-2025, de fecha 2025-03-13, aprobó los informes definitivos y adjudicó los dos lotes del proceso SNS-CCC-PEEX-2025-0002. Macrotech Farmacéutica, SRL recibió el Lote 1 por RD$525,000,000 y Hospifar, SRL el Lote 2 por RD$225,000,000, para un total adjudicado de RD$750,000,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que Macrotech y Hospifar presentaron cada una una oferta total de RD$750,000,000, igual al monto estimado del proceso según el portal. El acta aclara que esos totales no serían la base de adjudicación y que se compararían precios por ML; aun así, la coincidencia exacta entre ambas ofertas y el estimado amerita revisar el desglose por lote y los precios unitarios para valorar la competencia efectiva.
“CONSIDERANDO: Que la empresa MACROTECH FARMACEUTICA, SRL, presentó su oferta por un monto total de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON OO/1OO (RDS750,O0O,OOO.OO) … CONSIDERANDO: Que la empresa HOSPIFAR, SRL, presentó su ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El acta cita un Certificado de Apropiación Presupuestaria de RD$150,000,000 y adjudica RD$750,000,000 en total, una diferencia de RD$600,000,000. Conviene verificar si antes de adjudicar se emitió una certificación o ampliación presupuestaria suficiente; el artículo 69 del Reglamento 416-23 exige saldo suficiente para cubrir el monto total de la contratación.
“ElCertificado de Apropiación Presupuestaria de ref: EG17381.6779I77L9qff1,, de fecha veintinueve (29)de enero delaño dos milveinticinco (2025), emitida por el Ministerio de Hacienda a través delsistema de lntegrado de Gestión”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona