El Acta CAALV-2025-00096, de 2025-03-10, aprueba enmiendas al pliego de la licitación CORAAVEGA-CCC-LPN-2025-0001: reorganiza la compra en tres lotes, modifica cantidades, especificaciones, entregas, requisito de RPE, criterio de descalificación por precio bajo y vigencia de la garantía. Mantiene un valor referencial total de RD$10,171,600, aunque la línea del Lote 1 presenta una diferencia aritmética de RD$600 entre cantidad por precio unitario y precio total consignado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La alternativa de sacos de 25 kg sin una equivalencia operacional precisa puede dificultar verificar que la cantidad suministrada corresponda a la prevista.; La fecha límite fija puede entrar en tensión con la exigencia de mantener la garantía hasta la liquidación, reduciendo la claridad sobre su cobertura temporal..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda incorpora una regla del 20% vinculada al promedio del precio o valor de los ítems, sin precisar con claridad la base de comparación ni cómo se aplicaría para descalificar. El artículo 130 exige que el pliego indique los criterios y la diferencia porcentual respecto del presupuesto base, y prohíbe usar el promedio simple de las ofertas económicas para ese cálculo.
“La adquisición de dichos bienes no deberá ser menor al veinte por ciento (20%) en relación al promedio del precio o valor de los ítems.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El acta establece como fecha de vigencia el 10-12-2025, pero también la vincula al fiel cumplimiento y a la liquidación. Esa redacción deja incierto si la cobertura podría vencer antes de la liquidación del contrato.
“La vigencia de la garantía será hasta el 10-12-2025, contado a partir de la constitución de esta y hasta el fiel cumplimiento y hasta la liquidación del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
El acta consigna 40 unidades a RD$92,040 cada una, cuyo producto es RD$3,681,600, pero registra RD$3,681,000 como precio total. La diferencia de RD$600 también afecta la conciliación del total referencial consignado.
“Tanques 2000 LB | 40 | 92,040.00 | 3,681,000”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numerales 1, 3, 4 y 7 del pliegoLotes, cantidades, especificaciones, valor referencial y entregas parciales
El texto anterior no se reproduce; el acta indica que modifica los numerales 1, 3, 4 y 7 respecto a la cantidad de lotes.
Establece tres lotes: 40 cilindros de cloro de 2,000 lb; 250 cilindros de 150 lb; y 3,200 sacos de sulfato de 50 kg o su equivalente de 25 kg. Fija valores referenciales por lote y entregas escalonadas.
NeutralQuita un control: La alternativa de sacos de 25 kg sin una equivalencia operacional precisa puede dificultar verificar que la cantidad suministrada corresponda a la prevista.
Numeral 3.1 del pliegoPlazo de entrega
El texto anterior no se reproduce; el acta identifica que modifica el tiempo de entrega de los bienes.
Exige entregar en un máximo de cinco días calendario desde la notificación del registro del contrato en la Contraloría General de la República.
Aclara
Numeral 4 del pliegoDescalificación por precio bajo
El texto anterior no se reproduce; el acta señala que existía un porcentaje de baja a partir del cual se descalificaría.
Añade que la adquisición no deberá ser menor al 20% en relación con el promedio del precio o valor de los ítems.
Endurece
Numeral 11.1 del pliegoActividad comercial registrada en el RPE
El texto anterior no se reproduce; el acta indica que modifica la codificación de los rubros.
Exige que el RPE tenga inscritas las actividades UNSPSC 47101610 y 47101608; dispone que se verifiquen en línea y que los consorcios incluyan su número de RPE.
Aclara
Sección II, numeral 10 del pliegoVigencia de la garantía de fiel cumplimiento
El texto anterior no se reproduce; el acta indica que modifica la vigencia de la garantía.
La fija hasta el 10-12-2025 y añade que será hasta el fiel cumplimiento y la liquidación del contrato.
AclaraQuita un control: La fecha límite fija puede entrar en tensión con la exigencia de mantener la garantía hasta la liquidación, reduciendo la claridad sobre su cobertura temporal.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona