La Enmienda No. 1, fechada el 28 de febrero de 2025, modifica el pliego de la licitación DGAP-CCC-LPN-2025-0002 para adquirir combustible y distribuye el presupuesto estimado de RD$46,430,000 entre tres lotes: RD$45,000,000 para la Sede Central, RD$950,000 para el Aeropuerto Internacional del Cibao y RD$480,000 para Puerto Plata. También actualiza las especificaciones de los tickets, la documentación y evaluación técnica y económica, y los criterios de adjudicación; para el Lote 1 fija participaciones de 46 %, 32 % y 22 % según el lugar ocupado, y para los Lotes 2 y 3 adjudica al mayor descuento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige que las estaciones para los Lotes 2 y 3 estén dentro de un radio de 18 km, lo que restringe la red que puede respaldar las ofertas. El documento justifica la condición por facilitar el abastecimiento de vehículos; conviene verificar que el requisito sea proporcional a esa necesidad y no reduzca innecesariamente la competencia.
“Para el lote 2, Aeropuerto Internacional del Cibao y lote 3, Administración de Puerto Plata, la estación debe estar ubicada a una distancia no mayor a 18 km a la redonda, con el objetivo de facilitar el llenado con combustible de los vehícu”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La enmienda vincula el listado de estaciones con la certificación NORDOM 476 para gasolina sin plomo, aunque los Lotes 2 y 3 corresponden a gasoil. Si esta exigencia se aplica también a ofertas limitadas a esos lotes, su pertinencia técnica y efecto sobre la competencia merecen revisión.
“Listado de las estaciones de expendio de combustibles indicando: nombre de la estación, dirección exacta, teléfono, nombre completo de la persona responsable de la estación y certificación NORDOM 476 - Gasolina sin plomo) (anexar certificac”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
3. Descripción del bienDistribución de bienes y presupuesto por lotes
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Desglosa RD$45,000,000 para la Sede Central (gasolina y gasoil), RD$950,000 para el Aeropuerto Internacional del Cibao (gasoil) y RD$480,000 para Puerto Plata (gasoil).
Aclara
3.1 Condiciones generalesCaracterísticas y entrega de tickets; condiciones de las estaciones
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Establece tickets con vigencia mínima de un año, entrega a requerimiento en no más de 24 horas, identificación y código único, y estaciones con seguridad y surtidores electrónico-digitales. Para los Lotes 2 y 3 exige estaciones a no más de 18 km.
Endurece
11.1.2 y 12.1.3Documentación y evaluación técnica
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Exige, entre otros documentos, licencia MICM vigente, listado de estaciones con certificaciones NORDOM 476, mapa por lote, mínimo tres referencias comerciales y experiencia mínima de tres años. Los documentos se evalúan mediante cumple/no cumple para habilitar la oferta económica.
Endurece
11.2.1 y 12.2Oferta económica y descuento
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Permite presentar formulario SNCC.F.033 o cotización equivalente; exige indicar un descuento global porcentual por cada lote completo y establece garantía de seriedad del 1 % del monto ofertado.
Aclara
12.3 Criterio de adjudicaciónSelección y distribución de adjudicaciones
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Adjudica por mayor descuento. En el Lote 1 permite hasta tres empresas y distribuye 46 %, 32 % y 22 % según el lugar ocupado; en los Lotes 2 y 3 adjudica por lote al mayor descuento. Si no se ocupan los tres lugares del Lote 1, distribuye equitativamente el porcentaje restante entre oferentes habilitados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona