La Enmienda No. 01, fechada el 2025-03-13, modifica el pliego de la subasta inversa ASDE-CCC-SI-2025-0001. Precisa características de los dos lotes, cantidades y frecuencias de entrega, documentos técnicos y apertura electrónica; la página 4, sin embargo, anuncia un cambio sobre pagos y contiene texto de apertura referido a otro proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda anuncia modificar la cláusula de pago, pero el texto siguiente describe la apertura de ofertas y cita una referencia distinta. La discordancia deja incierto qué disposición contractual se pretende modificar y merece verificarse contra el documento publicado y el pliego vigente.
“Se modifican la primera parte de la cláusula tercera, "Sobre el pago", pág. 10 del pliego de condiciones y de la del proceso de referencia ASPE-CCC-2023-1000-2505 … 1. Apertura de sobre de propuestas técnicas a través del SICE”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Pliego, numeral 2: descripción de los bienesCaracterísticas de los lotes y de los tickets
La descripción previa no se reproduce en la enmienda.
Lote 1: gasoil a granel y tanque sobre el terreno de 10,000 galones. Lote 2: tickets de RD$500 y RD$1,000, con datos identificativos y distribución de estaciones por regiones.
Aclara
Pliego, numeral 5: tiempo de entregaFrecuencia y cantidades aproximadas de entrega
El tiempo de entrega previo no se reproduce en la enmienda.
Gasoil: requerimientos semanales de aproximadamente 6,000 a 7,000 galones. Tickets: requerimientos mensuales de entre 7,000 y 7,500 unidades.
Aclara
Pliego, numeral 11.1.2: documentación técnicaDocumentos requeridos y subsanabilidad
La documentación técnica previa y su clasificación no se reproducen en la enmienda.
Enumera oferta técnica no subsanable; certificaciones de experiencia, compromiso de entrega, licencia MICM, garantía del combustible y normas sectoriales subsanables; relación de estaciones y registro MICM de las estaciones ofertadas no subsanables.
Aclara
Pliego, apertura de ofertas técnicas, Sobre AApertura electrónica y acta notarial
La disposición previa de apertura no se reproduce en la enmienda.
Dispone apertura electrónica por SECP, acto público con asistencia voluntaria de oferentes, participación del comité y notario, y publicación del acta notarial en el SECP.
Aclara
Página 4: cláusula tercera, «Sobre el pago»Modificación anunciada sin regla de pago identificable
La cláusula de pago previa no se reproduce en la enmienda.
Aunque anuncia modificar la cláusula de pago, el texto que sigue trata sobre apertura de ofertas y menciona otro proceso; no identifica una nueva condición de pago.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona