Se fijan condiciones de pago después de la adjudicación
· hace 1 año
El acta del 6 de marzo establece el anticipo luego de la adjudicación del 28 de febrero, modificando las condiciones económicas bajo las que se recibieron y evaluaron las ofertas. El anticipo no supera el 20% permitido y se exige una garantía por su totalidad, pero el cambio posterior a la adjudicación merece revisión por su posible efecto en la igualdad de trato y en la base económica de las ofertas.
“SEGUNDO: Se establece en las condiciones de pago, el anticipo que le será otorgado al (la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago que asciende a un 20% del monto total de la Oferta Contratada, el cual se hará en un plazo no ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 181 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…
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