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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES ASDE-CCC-CP-2025-0002.pdf

SOLICITUD DE SERVICIO DE REPARACIÓN MECÁNICA, SUSTITUCIÓN MECÁNICA DE MOTORES VENTILADORES Y COMPRESOR PARA 2 CHILLER DE 250TON DEL PALACIO MUNICIPAL DE SANTO DOMINGO ESTE (EXCLUSIVO PARA MIPYMES) · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 10 mar de 202538 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El pliego convoca una comparación de precios exclusiva para MIPYMES para reparar y sustituir componentes de dos chillers de 250 toneladas del Palacio Municipal de Santo Domingo Este. Fija un presupuesto base de RD$5,644,000, una ejecución de tres meses, un lote y adjudicación por menor precio; establece como fecha límite de recepción de ofertas el 19 de marzo de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Alcance técnico del servicio descrito con poco detalle

Documento del 10 mar 2025 · hace 1 año

La descripción identifica la reparación y sustitución de motores ventiladores y un compresor para dos chillers, pero no precisa cantidades, modelos ni características de los componentes o trabajos. Esa falta de detalle puede dificultar que las ofertas sean comparables y que la recepción permita verificar con precisión lo contratado.

“Reparación mecánica, sustitución mecánica de motores d ventiladores y compresor para 2 chiller de 250TON del palacio municipal de Santo Domingo Este.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Documentación técnica declarada no subsanable de forma general

Documento del 10 mar 2025 · hace 1 año

El pliego califica toda la documentación técnica como no subsanable, aunque incluye credenciales de experiencia de la empresa y del personal. El artículo 120 del Reglamento contempla la subsanación de documentos de credenciales cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad, por lo que la regla general del pliego podría excluir ofertas por omisiones corregibles.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios financieros con desigualdades contradictorias

Documento del 10 mar 2025 · hace 1 año

La tabla del índice de endeudamiento combina signos incompatibles en los límites de cumplimiento y no cumplimiento. La ambigüedad puede afectar la evaluación de la solvencia y la habilitación de oferentes situados cerca del límite.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

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Otros documentos del proceso (11)

  • 2. Aprobacibn del Pliego de Condiciones Especificas del proceso.pdfPliego · 10 mar de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE REUNION DEL COMITE DE COMPRAS YCONTRATACIONES DEL AYUNT.pdfActa · 10 mar de 2025
  • CERTIFICACI6N DE EXISTENCIA DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 10 mar de 2025
  • Requerimiento .pdfSolicitud de compra · 10 mar de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION 0002.pdfActa de adjudicación · 15 may de 2025 · 3 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION 0002.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO 002.pdfContrato · —
  • EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION 002.pdfInforme de evaluación · —
  • EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION 002.pdfInforme de evaluación · —
  • EVALUACION ECONOMICA Y RECOMENDACION 002.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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