La Circular núm. 0001, de fecha 2025-03-06, responde consultas de oferentes del proceso PASP-CCC-LPN-2025-0001. Aclara la vigencia de la garantía de seriedad hasta la suscripción del contrato, confirma que se puede ofertar por artículos individuales y precisa la participación de MIPYMES; además, mantiene las especificaciones técnicas cuestionadas por algunos consultantes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la cobertura temporal de la garantía frente a la referencia consultada de 90 días posteriores a la adjudicación; la circular no explica la discrepancia entre las fechas..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Consultantes alegan que el sabor exigido para el cereal y la presentación de macarrones con queso limitan la oferta, y que habría un único suplidor para esos artículos. El Comité mantiene las especificaciones sin detallar en esta circular el análisis de mercado o la justificación técnica específica; las afirmaciones sobre el número de suplidores son alegatos, no hechos comprobados aquí.
“En el caso de el Cereal, hemos notado en todos nuestros años de participación en las licitaciones de esta institución, que para este proceso en especifico se ha modificado solamente el sabor del mismo … En el caso de este”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Un consultante afirma que exigir 10 o más años de experiencia en artículos concretos limita la participación de productores con trayectoria general, pero el Comité responde que mantiene las especificaciones. Conviene verificar que la exigencia sea proporcional al objeto y esté sustentada en una necesidad técnica; la circular no aporta ese análisis.
“Pregunta 2 :Vemos el requisito en algunos artículos como las Habichuelas, el cereal de chocolate dulce y el sazón en polvo, y es que deben tener una experiencia de 10 o más años en el mercado. ... R. Los perítos designados del proceso han e”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Documentación técnicaDocumentos no subsanables
La consulta pregunta si la oferta técnica es el único documento no subsanable.
La circular aclara que también la carta del fabricante es no subsanable en su contenido.
Aclara
Garantía de seriedad de la ofertaVigencia de la garantía
La consulta refiere una vigencia hasta 90 días después de la adjudicación y dos fechas indicadas en el pliego.
La circular precisa que la vigencia llega hasta la suscripción del contrato de bienes.
RelajaQuita un control: Reduce la cobertura temporal de la garantía frente a la referencia consultada de 90 días posteriores a la adjudicación; la circular no explica la discrepancia entre las fechas.
Participación por lotes e ítemsPresentación de ofertas parciales
La consulta pregunta si se puede participar por ítems individuales o si se requiere ofertar el lote completo.
La circular confirma que se puede participar por ítems individuales y por artículos individuales en los lotes 2 y 3.
Relaja
Participación de MIPYMESAcceso de MIPYMES a los lotes
La consulta señala que el lote 2 no especifica si está dirigido a MIPYMES y pregunta si todas las empresas pueden participar; otra consulta pregunta si una MIPYME solo puede ofertar en lotes MIPYME.
La circular responde que las MIPYMES, incluidas las industriales, pueden participar en el lote 2 y que las MIPYMES pueden participar en todos los lotes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…