El acta prevé generar la apropiación presupuestaria al publicar
· hace 1 año
El acta aprueba iniciar el procedimiento el 28 de febrero y señala que el certificado se generaría al publicar la convocatoria, registrada en el portal el 5 de marzo. Conviene verificar que el certificado estuviera disponible antes de iniciar formalmente el procedimiento, pues el reglamento exige contar con él para iniciar o convocar.
“Este proceso poseerá una previsión del Certificado de Apropiación Presupuestaria correspondiente al valor total del mismo, el cual será generado oportunamente por el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), al momento de publi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →