El Acta núm. 017, de fecha 2025-03-03, aprueba el informe económico y adjudica a Isla Dominicana de Petróleo Corporation la adquisición de tickets de gasolina y gasoil. Aunque la tabla consigna RD$50,000,000 como monto adjudicado, el acta indica que se aplicó un descuento de 10% (RD$5,000,000), para un total de RD$45,000,000, monto que también aparece en el contrato registrado en el portal. Sigma Petroleum Corp, S.A.S. fue declarado no habilitado porque su listado de estaciones no alcanzó la cantidad requerida.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla registra RD$50,000,000 como monto total adjudicado, pero el mismo acto indica que, tras el descuento aplicado en el SECP, el total es RD$45,000,000; el contrato del portal también registra RD$45,000,000. El descuento explica la diferencia, pero conviene conciliar el monto que el acto identifica formalmente como adjudicado con el valor neto contratado.
“MONTO TOTAL ADJUDICADO: RD$50,000,000.00 Condiciones: Diez (10) % de descuento del monto total de la oferta. El mismo fue aplicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) equivalente a RD$ 5,000,000.00 para un total de R”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta exige la garantía en cinco días calendario, mientras que el artículo 200 del Reglamento fija cinco días hábiles. El plazo consignado reduce el tiempo disponible para el adjudicatario; debe verificarse cómo se notificó y computó el término.
“a constituir una Garantía de Fiel Cumplimiento, mediante una Póliza de Fianza emitida por una compañía aseguradora en la República Dominicana, dentro de los cinco (5) días calendarios, contados a partir de la notificación de la adjudicación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
El acta fija seis meses de duración para la garantía de fiel cumplimiento, mientras el Reglamento establece que debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato. Debe verificarse si el contrato y su liquidación pueden extenderse más allá de ese plazo y si se exigió una renovación cuando correspondiera.
“por un importe del cuatro por ciento (4%) del monto total de la adjudicación, con duración de seis (6) meses contados a partir de la suscripción del contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Isla Dominicana de Petróleo CorporationAdjudicatario de los tickets de gasolina y gasoil; el acta indica que se aplicó un descuento de 10% a la oferta de RD$50,000,000, para un total de RD$45,000,000.
Adjudicado
Tickets de gasolina y gasoil
RD$45,000,000
Sigma Petroleum Corp S.A.S.El listado de estaciones presentado para el expendio de combustible no cumplió con la cantidad solicitada; el informe lo consideró parte de la oferta y no susceptible de subsanación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona