La Enmienda No. 1, emitida el 11 de febrero de 2025 para el proceso MIMARENA-CCC-SI-2025-0001, incorpora requisitos de identificación, trazabilidad y vigencia mínima de un año para los tickets de combustible, por RD$20,000,000 de gasoil y RD$30,000,000 de gasolina. También sustituye la referencia al menor precio ofertado por el mayor descuento porcentual, que el propio texto relaciona con el menor precio. Recoge una recomendación de la DGCP para ampliar el plazo de constitución de la garantía a cinco días hábiles, pero el extracto no muestra las fechas revisadas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Pliego, numeral 3: descripción de los bienesIdentificación, trazabilidad y vigencia de los tickets | Se describían las denominaciones y montos de los tickets de gasolina y gasoil, sin detallar identificación única, datos institucionales ni vigencia mínima. | Se exige tipo de combustible, identificador único, datos de la institución, fechas de emisión y vigencia, reposición de tickets deteriorados y validez mínima de un año desde la entrega. | Endurece |
| Pliego, acápite 12.2: evaluación económica inicialCriterio económico de evaluación | Se indicaba evaluar «Al menor precio ofertado», sujeto al cumplimiento de la oferta técnica. | Se establece «El mayor descuento en porcentaje, por tanto, la de menor precio», sujeto al cumplimiento de la oferta técnica. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona