Especificaciones y autorización vinculadas a Viamar y sus marcas
· hace 1 año
El pliego define la necesidad alrededor del taller de Viamar para vehículos de marcas que el propio documento atribuye a su distribución exclusiva y requiere autorización de distribución del fabricante. Aunque señala como motivo conservar las garantías, conviene verificar que la exclusividad y la necesidad de que ese taller preste el servicio estén respaldadas para el conjunto de vehículos y que no existan alternativas compatibles.
“El Ministerio de Interior y Policía (MIP), está interesado en contar con el servicio de taller de la empresa VIAMAR, S.A., distribuidor exclusivo de las marcas Kia, Mazda, Ford, Lincoln, Jac, con el objetivo de conservas las garantías otorg”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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