Adjudicación por encima de los fondos certificados inicialmente
· hace 1 año
El acta adjudica RD$5,805,000.00 frente a la certificación de fondos de RD$5,000,000.00: un excedente de RD$805,000.00 (16.1 %), que atribuye a una aceptación del área requirente. Conviene verificar que la apropiación presupuestaria disponible antes de la adjudicación cubriera el monto adjudicado; la cuota de compromiso registrada en el portal no sustituye por sí sola esa comprobación.
“presentando un excedente total de un 16.1 % versus el valor de la certificación de existencia de fondos y presupuesto a adjudicar, siendo este autorizado por el área requirente en informe de aceptación de excedente emitido en fecha nueve…” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
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