La certificación describe la apropiación como una gestión futura
· hace 1 año
Aunque el documento se titula Certificado de Apropiación Presupuestaria, indica que la Dirección tramitará la apropiación y reservará las cuotas de compromiso. Conviene verificar si al convocarse el proceso ya existía la certificación de fondos disponibles que exige el reglamento.
“esta Dirección Financiera tramitará la debida apropiación de fondos y realizará la reserva de las cuotas de compromiso correspondientes:” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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