El pliego del proceso CAID-CCC-SI-2025-0001, fechado el 24 de febrero de 2025, establece una subasta inversa electrónica para adquirir un autobús por RD$6,000,000 y un camión con furgón por RD$3,300,000, con un valor estimado total de RD$9,300,000. Fija la presentación de ofertas para el 6 de marzo de 2025 y una puja de 20 minutos. También establece requisitos de habilitación, evaluación, pago y entrega para los vehículos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego prevé un pago único del 100 % dentro de las seis semanas siguientes a la firma, contra una póliza o garantía bancaria que cubra la oferta, pero también indica que no se permite pagar el total antes del cumplimiento del objeto. La relación entre el pago, la entrega —prevista en un máximo de cuatro semanas— y la garantía queda ambigua; debe comprobarse que no opere como anticipo superior al límite reglamentario.
“La institución contratante procederá a realizar un único pago correspondiente al 100 % del valor del contrato, se hará en un plazo máximo de seis (6) semanas a partir de la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
El pliego exige una certificación de agente autorizado para distribuir en el país la marca ofertada. Esa condición puede limitar la participación a proveedores vinculados con canales autorizados, aunque otros oferentes pudieran suministrar vehículos que cumplan las especificaciones; conviene verificar su justificación técnica y el efecto en la competencia.
“Certificación de Agente Autorizado para la Distribución de Vehículos de la Marca Ofertada en la República Dominicana.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego prohíbe que participen simultáneamente empresas que coincidan en alguno de sus socios, sin distinguir el porcentaje de participación ni si existe control común. La amplitud de la restricción podría excluir oferentes jurídicamente distintos y merece revisión por su efecto potencial sobre la competencia.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma … identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El cronograma fija la suscripción del contrato hasta el 14 de abril y su publicación hasta el 12 de mayo. Esa separación permite una demora considerable en la difusión del contrato; el Reglamento establece que debe publicarse en el SECP y el portal institucional en un máximo de cinco días hábiles luego de su perfeccionamiento.
“16. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra … Hasta el 14 de abril de 2025 a las 02:00 p.m … 17. Publicación del (los) contrato(s) en los portales: institucional y del SECP (art. 106 … Reglamento núm. 416-23”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
El cronograma fija la recepción de ofertas para el 6 de marzo. Según el resumen de la enmienda del proceso, esta fue emitida el 4 de marzo e introdujo cambios al pliego; el margen de dos días para ajustar las ofertas puede ser insuficiente según la complejidad de los cambios. Debe verificarse si el plazo se amplió de manera proporcional.
“4. Presentación de las ofertas «Sobre A» (oferta técnica) y «Sobre B» (oferta económica inicial) Hasta el 06 de marzo de 2025 a las 10:00 a,m | . gs”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona