Ninguna oferta en la licitación pública
· hace 1 año
El acta constata que no se recibió ninguna oferta pese a la convocatoria pública y al plazo hasta el 27 de enero de 2025. Es un resultado de competencia que merece revisión, especialmente a la luz de restricciones del pliego ya señaladas en otros documentos del proceso; el acta no establece una causa para la falta de participación.
“certificando que a dicho proceso No Fue Presentada Ninguna Oferta, Ni Física Ni Virtual, por lo que fue declarado desierto el proceso” (pág. 4, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
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