El acta núm. 026-2025, de 2025-01-30, adjudica los ítems 1, 3, 4, 5 y 6 del proceso de alquiler a cinco oferentes por los montos consignados en el acta, y declara desierto el ítem 2 por supuesta falta de ofertas. Sin embargo, el cuadro de propuestas recibidas identifica a Carlos Andrés Taveras para ese ítem, lo que contradice la razón indicada para declararlo desierto. El acta también describe el ítem 5 como Punto Expreso en una sección y como Oficina Comercial al adjudicarlo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro de participantes describe el ítem 5 como Punto Expreso de Madre Vieja Sur, mientras que la resolución lo adjudica como Oficina Comercial en el mismo lugar. La diferencia de destino o tipo de inmueble debe cotejarse con los términos de referencia y el contrato para confirmar qué prestación quedó adjudicada; podría tratarse de una inconsistencia descriptiva.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El cuadro de propuestas recibidas del 03/12/2024 incluye a Carlos Andres Taveras para el ítem 2 (Punto Expreso El Carril de Haina), pero la resolución declara ese ítem desierto «ya que no se recibieron ofertas para este». El portal tampoco registra una oferta de Taveras para ese ítem. La inconsistencia merece aclaración, aunque no modificó la adjudicación de los demás ítems ni generó contrato para el ítem 2.
““En fecha tres (03) del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), fueron recibidas las propuestas de los participantes interesados… | Carlos Andres Taveras | 2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (6)
5 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Carlos Domingo MartínezAdjudicado para el ítem 1, Punto Expreso en Quita Sueño, por cumplir los requerimientos indicados en el acta.
Adjudicado
Ítem 1
RD$1,079,819
Carlos Andrés TaverasEl cuadro de propuestas recibidas lo identifica para el ítem 2, pero el acta declara ese ítem desierto alegando que no recibió ofertas.
Mencionado
Ítem 2, El Carril de Haina
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Argenis JiminianAdjudicado para el ítem 3, Unidad Básica de Negocio en Haina, por cumplir los requerimientos indicados en el acta.
Adjudicado
Ítem 3
RD$2,750,604
Clara Luz Suero MilianoAdjudicada para el ítem 4, Punto Expreso en Hatillo, por cumplir los requerimientos indicados en el acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona